Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión

Tratamiento programado

Quiere recibir tratamiento en otro Estado europeo y saber si se cubren los costes. Para averiguar si cumple las condiciones, debe plantear estas cuestiones: 

¿En qué país tiene usted su seguro de enfermedad?

Las normas que se explican aquí son aplicables si usted está afiliado a un régimen de seguridad social obligatoria en un país que sea miembro del Espacio Económico Europeo (EEE) o Suiza (excepto para los tratamientos sin autorización previa en el caso de Suiza), o en el Reino Unido.

¿Dónde prevé recibir tratamiento?

Las normas que se explican aquí se aplican al tratamiento recibido en un país que sea miembro del Espacio Económico Europeo (EEE) o Suiza (excepto para los tratamientos sin autorización previa en el caso de Suiza), o en el Reino Unido.

¿Es un tratamiento imprevisto?

En tal caso, está cubierto por la tarjeta sanitaria europea. Si necesita tratamiento mientras se encuentra en un país del EEE, en Suiza o en el Reino Unido (es decir, si la finalidad de su viaje no era recibir tratamiento), su tarjeta sanitaria europea le sirve para cubrir los gastos del tratamiento. Las prestaciones cubiertas incluyen, por ejemplo, las dispensadas en relación con enfermedades crónicas o ya existentes, así como las relacionadas con un embarazo y un parto. 

¿Está cubierto este tratamiento por la legislación del Estado en el que usted tiene su seguro de enfermedad?

En principio, los gastos de su tratamiento solo se cubrirán si la legislación del país donde usted está asegurado reconoce dicho tratamiento. Por ejemplo, en algunos países el seguro cubre las curas termales y en otros, no. Antes de emprender viaje, infórmese en su organismo asegurador.

¿Es un tratamiento hospitalario?

Por el momento no hay definición europea de «tratamiento hospitalario» o «tratamiento no hospitalario». En caso de duda, infórmese en su organismo asegurador.

Si el tratamiento no es imprevisto (es decir, está programado y es el motivo de su viaje al extranjero), hay dos situaciones posibles: tratamiento hospitalario y tratamiento no hospitalario.

En caso de tratamiento hospitalario, es probable que su organismo asegurador le exija una autorización.  Entonces el gasto estará cubierto según las condiciones del país en el que reciba el tratamiento («país de tratamiento»). Si estas condiciones son menos favorables que las condiciones que ofrece su organismo asegurador, se le reembolsará la diferencia.  Si no ha recibido la autorización correspondiente, los gastos de su tratamiento no se pagarán de forma automática. Podrá solicitar el reembolso a su regreso, pero sin garantía de que se lo vayan a conceder.

En caso de tratamiento no hospitalario también puede solicitar la autorización previa y beneficiarse de las mismas garantías.  Otra opción es prescindir de la autorización, viajar directamente al país en el que desee recibir el tratamiento («país de tratamiento») y solicitar el reembolso a su regreso. En este caso, el coste de su tratamiento se pagará conforme a las condiciones del país de su organismo asegurador. Esta opción no se reconoce en el caso de Suiza.

Si cumple estas condiciones y desea obtener un formulario S2, o necesita más información, lea más sobre el tratamiento médico programado en Your Europe o póngase en contacto con el organismo de seguro médico de su país.

¿Sigue necesitando ayuda?

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Infórmese sobre sus derechos de seguridad social y asistencia sanitaria en otro país de la UE (Your Europe)
Pida información a través de Europe Direct 00800 6 7 8 9 10 11
Diríjase a SOLVIT para resolver sus problemas con las administraciones nacionales
Obtenga asesoramiento jurídico en el servicio «Your Europe – Asesoramiento»

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