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Evaluación del riesgo |  |
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La Unión Europea se ha
comprometido a garantizar que
la salud y la seguridad de los
ciudadanos estén bien
protegidas, lo que significa
velar por que los alimentos y
otros productos de venta al
consumidor de la UE sean
seguros y hacer frente a otro
tipo de amenazas contra la
salud, como son las
enfermedades infecciosas.
Pero, ¿cómo determina la
UE lo que es y lo que no es
seguro? ¿Cómo detecta las
amenazas para la salud y decide
las medidas que son necesarias
para evitar o minimizar los
riesgos que plantean?
La respuesta es:
mediante la evaluación de
riesgos. La UE ha establecido
en varios ámbitos -por ejemplo,
el de la
seguridad
alimentaria- organismos
especializados encargados de
este tipo de evaluaciones,
mientras que en otros, como el
de los tintes para el pelo, las
cremas solares, las camas de
bronceado y algunos productos
sanguíneos, así como la calidad
del aire y el agua, la Comisión
ha creado comités de expertos
científicos independientes.
La
evaluación del riesgo
proporciona
el asesoramiento científico en
que se apoya la Comisión para
proponer las medidas y las
políticas que pueden afectar a
la salud y la seguridad de los
ciudadanos o tener
repercusiones en el medio
ambiente. Es muy importante que
se sepa que ese asesoramiento
científico está basado en los
mejores conocimientos
disponibles en la materia y es
ajeno a toda influencia
externa. Los procedimientos
comunitarios de asesoramiento
científico se basan, pues, en
los principios de excelencia
científica, independencia y
transparencia.
Los
tres
comités científicos
gestionados por la Dirección
General de Sanidad y Protección
de los Consumidores se ocupan
de las cuestiones relacionadas
con la seguridad de los
consumidores, la salud pública
y el medio ambiente. Esos tres
comités, que fueron creados
hace poco tiempo por la
Decisión
2004/210/CE de la Comisión
y
sustituyen a
los antiguos
comités científicos
que actuaban
en dichos ámbitos, son:
Tras una convocatoria
abierta de manifestaciones de
interés por formar parte de los
nuevos comités, la Comisión
adoptó una Decisión en la que
se nombraba a sus respectivos
miembros. Dicha Decisión
establecía también una lista de
reserva a la que pueden
recurrir tanto la Comisión,
para realizar las sustituciones
necesarias, como el CCRSERI,
para identificar a sus miembros
asociados.
La labor de los tres
comités científicos es
complementaria de las
actividades de evaluación del
riesgo que llevan a cabo otros
organismos comunitarios como
son la
Autoridad
Europea de Seguridad
Alimentaria (EFSA) y la
Agencia
Europea de Medicamentos
(EMEA).
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Comités científicos
Los
comités científicos
proporcionan a la Comisión
el sólido asesoramiento
científico que necesita
para preparar sus políticas
y sus propuestas
relacionadas con la
seguridad de los
consumidores, la salud
pública y el medio
ambiente.
Divulgación de resultados de las evaluaciones de riesgo
Nanotecnología
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