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En la sección «Colaboraciones» se recogen opiniones y propuestas firmadas por lectores o por miembros de la Redacción cuando intervienen a título personal. La responsabilidad de los cabos sueltos firmados y de las colaboraciones incumbe a sus autores. PUNTOYCOMA

COLABORACIONES


Law and order

Cuando se elaboró la versión española del Tratado CE1, hace poco menos de veinte años, el francés era la lengua de referencia. Se discutía entonces cómo traducir acquis, halieutique, volet, directive o agricole (a decir verdad, aquel largo tira y afloja en torno a los adjetivos «agrícola» y «agrario» parece hoy un tanto anecdótico, sobre todo teniendo en cuenta que, de acuerdo con el Tratado, entre los «productos agrícolas» se cuentan también las sardinas y los centollos).

En suma, los Tratados se tradujeron del francés; y este hecho dejó su impronta. Dejó, entre otras muchas cosas, el dispositivo ortopédico de las «modalidades» (< modalités), que apuntala todavía hoy, en los contextos más dispares, unos treinta pasajes de la versión consolidada del Tratado CE (compárense con las tres «modalidades» que encontramos en la Constitución Española: las modalidades lingüísticas de España, las distintas modalidades de referéndum y las modalidades de asociación profesional).

En los años noventa, el inglés se consolidó, junto al francés pero en rápido ascenso, como lengua de redacción de los originales. Las nuevas circunstancias determinaron el procedimiento de elaboración de los Tratados de Maastricht (Tratado UE, 1992), Amsterdam (1997) y Niza (2001). Las versiones españolas de los Tratados UE y CE, modificadas por los Tratados de Amsterdam y Niza, siguen siendo un producto de la traducción, pero ahora, en un totum revolutum, de la traducción del francés y del inglés. Es sabido que incluso las mejores traducciones del mismo texto realizadas por dos profesionales de la misma lengua dan resultados formalmente dispares. Y si ambos trabajan a partir de originales redactados en lenguas distintas, el riesgo de divergencia es todavía mayor. Era de temer que, sin un trabajo de armonización riguroso y paciente, la diversificación lingüística de los textos de partida generara dobletes terminológicos y otras incoherencias formales. Y así fue. Veamos algunos ejemplos.

El lector poco avisado que lea «multas coercitivas» en los artículos 36, 47 y otros del Tratado CECA y en el artículo 83 del Tratado CE y «pagos periódicos de penalización» en el artículo 110 de este último Tratado podrá pensar razonablemente que se encuentra ante dos cosas distintas. En realidad, se trata de lo mismo, con la única diferencia de que el primer caso se basa en el francés (astreintes) y el segundo, en el inglés (periodic penalty payments).

El mismo tipo de desarrollo recibe el calificativo de «duradero» en el artículo 177 del Tratado CE y de «sostenible» en los artículos 2 y 6. La diferencia radica en los originales francés (durable) e inglés (sustainable), respectivamente2.

Para referirse al mismo concepto, el artículo 3 del Tratado CE habla de «desarrollo de las culturas» y el artículo 151, de «florecimiento de las culturas». Las versiones francesa e inglesa usan la misma expresión en ambos pasajes: épanouissement des cultures y flowering of the cultures, respectivamente. En este caso, la diferencia es menor; pero se espera de un tratado solemne que sea coherente también en los aspectos más formales.

Por otra parte, el bilingüismo funcional de los Tratados tiende trampas que eran menos comunes en los buenos tiempos del French only. En el llamado procedimiento de conciliación, por ejemplo, projet commun no se traduce ¾como habría sido lógico en los años ochenta¾ por «proyecto común», sino por «texto conjunto». La explicación se encuentra en el término (original) inglés del pasaje correspondiente del Tratado CE: joint text (artículo 251)3.

Frente a esa tendencia a la dispersión, se da también algún caso de reducción terminológica. Las traducciones del francés y del inglés hacen causa común para dejar claro que, en el plano lingüístico, la versión española de los Tratados es un producto derivado: santé (publique) y (public) health se traducen siempre por «salud (pública)» ¾en veintidós ocasiones en el Tratado CE¾, mientras que el término «sanidad» brilla por su ausencia (compárese ese aplastante 22 a 0 con el uso en la Constitución Española, en la que «salud» y «sanidad» figuran, en los contextos que les son propios, en cuatro y tres ocasiones, respectivamente).

En el capítulo de los dobletes léxicos, hay que mencionar «la ley y el orden», frente al concepto tradicional de «orden público». En el Tratado UE (artículos 33 y 35) y en el Tratado CE (artículos 64 y 68) encontramos «mantenimiento del orden público» en correspondencia con la expresión francesa maintien de l'ordre public. Por el contrario, el Protocolo de Schengen, introducido por el Tratado de Amsterdam, toma como referencia la expresión inglesa maintenance of law and order y la traduce por «mantenimiento de la ley y el orden público» (artículo 2; véanse, por el contrario, las versiones francesa: maintien de l'ordre public, italiana: mantenimento dell'ordine pubblico y portuguesa: manutenção da ordem pública). La expresión «la ley y el orden» figura ya en centenares de documentos de la Unión Europea; por ejemplo, en las conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de junio de 2000, que habla de «fuerzas robustas capaces de restaurar la ley y el orden».

Son conocidos los problemas que plantea la terminología del common law, un sistema que hunde sus raíces en los siglos que siguieron a la conquista normanda (1066). En la Baja Edad Media, Inglaterra era bilingüe y términos reiterativos o redundantes como law and order, lord and master o ways and means (este último sigue dando nombre a una importante comisión del Congreso de los Estados Unidos: the Committee on Ways and Means) nos recuerdan aquella antigua división social y lingüística entre la población anglosajona y la aristocracia normanda de habla francesa4. Una huella histórica que encontramos en muchos otros dobletes de gran interés sociológico, como fight / battle, child / infant, sheep / mutton, room / chamber, house / mansion, wish / desire..., o en el par swine / pork, que refleja la distancia que mediaba entre el porquero anglosajón y el noble normando a cuya mesa se destinaba la carne de los cerdos.

Ahora bien, como no hay ningún indicio de que Guillermo el Conquistador extendiera su dominio hasta Castilla, habrá que pensar en influencias más recientes. Es más probable que «la ley y el orden» hayan recalado en los textos españoles después de dar un largo rodeo por las calles de San Francisco y el valle del río Pecos.

Amadeu Solà
Parlamento Europeo
aosla@europarl.europa.eu

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1.Denominación abreviada de los Tratados: CE = Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, versión consolidada de 24.12.2002. UE = Tratado de la Unión Europea, versión consolidada de 24.12.2002. CECA = Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero. Maastricht = Tratado de la Unión Europea en su versión de 29.7.1992. Amsterdam = Tratado de Amsterdam por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea, los Tratados constitutivos de las Comunidades Europeas y determinados actos conexos, versión consolidada de 10.11.1997. Niza = Tratado de Niza por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea, los Tratados constitutivos de las Comunidades Europeas y determinados actos conexos, versión consolidada de 10.3.2001.
2.Véase, a este respecto: «Cuando durable es 'sostenible'».
3.En la traducción del francés, es difícil no dejarse llevar por los instintos naturales: a pesar de la advertencia que se publicó en el número 38 de PUNTOYCOMA¿Texto conjunto o proyecto común?»), los documentos comunitarios (y muy especialmente el Boletín de la Unión Europea) aparecen salpicados de «proyectos comunes».
4.A la influencia del francés en la terminología jurídica inglesa hay que añadir la del latín, tal como explica Vanessa Sims en English Law and Terminology. A Guide for Practitioners and Students, Nomos Verlag, Baden-Baden, 2001, p. 18: «With the development of royal (and therefore French-speaking) courts a situation arose in which all three languages were used in court proceedings. Many people did not speak either Latin or French, and would therefore state their case and present their evidence in English. Lawyers' arguments and the decision of the court would be in French, and the law report would be in Latin. Finally the judgment had to be translated back into English, so that the parties could understand what had been decided. Legal expressions in all three languages were therefore used simultaneously, and it is not surprising that both Latin and French have had a lasting influence on legal English».

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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