Las
mercancías peligrosas son mercancías que pueden suponer un riesgo directo para la seguridad y para la salud cuando se les realiza un muestreo, en especial los productos químicos, las preparaciones químicas y los residuos químicos, etiquetados de conformidad con las normativas de la
IATA, IMDG o ADR. En el comercio, estas mercancías van acompañadas de toda la documentación pertinente.
Solo deben realizar el muestreo de mercancías peligrosas aquellos agentes con formación y equipados para la manipulación de este tipo de mercancías. Como alternativa, se puede recurrir a un contratista, aunque el procedimiento puede ser distinto en los diferentes Estados miembros.
Cuando un contratista lleve a cabo el muestreo, los funcionarios de aduanas deberán supervisarlo, ya que el muestreo sigue siendo responsabilidad de las aduanas. Es preciso garantizar que la muestra se selle y etiquete correctamente. Habrá que poner las etiquetas adecuadas (clase de peligro y símbolo) en la muestra y adjuntar una copia de la
ficha de datos de seguridad al formulario de la muestra.
Es fundamental que todo el que participe en el muestreo, en especial los agentes que supervisan a los contratistas, lleve el
equipo de protección individual adecuado.
Los productos que no se clasifican como mercancías peligrosas pueden seguir suponiendo una amenaza para quienes entran en contacto con ellos. La ficha de datos de seguridad de un producto químico o producto proporcionará información más completa sobre sus propiedades peligrosas.
Para obtener más información acerca de los riesgos para la salud y la seguridad, véase el capítulo titulado
«Sustancias peligrosas».
Cuando las mercancías se clasifican como mercancías peligrosas, debe indicarse en el conocimiento de embarque o en la declaración de las mercancías. Es obligatorio facilitar las especificaciones de los productos y las normativas en materia de seguridad (por ejemplo, la ficha de datos de seguridad).
Cuando las mercancías no se declaran peligrosas, pero se tienen dudas acerca del riesgo para la seguridad del muestreo, debe solicitarse la ficha de datos de seguridad al importador, o las especificaciones técnicas del producto si no se dispone de la ficha de datos de seguridad. Esta información debe estar presente antes de la inspección del envío. Si sigue teniendo dudas, debe tratar el producto como mercancía con
composición desconocida. Puede solicitar más información e instrucciones al laboratorio de aduanas o a su cuerpo de inspección nacional de mercancías peligrosas.
Nunca debe muestrear los siguientes productos (extremadamente peligrosos) (Ni siquiera cuando vengan en envases de consumo):
- Explosivos y fuegos artificiales;
- materiales de guerra química y bacteriológica y productos contagiosos;
- componentes radioactivos y material nuclear.
En caso necesario, el muestreo de los productos extremadamente peligrosos deben llevarlo a cabo los organismos oficiales competentes. Por lo general, los laboratorios de aduanas no están equipados para almacenar y analizar de forma segura estas muestras. Envíe estas muestras a un laboratorio competente.
Los
envases pequeños y medianos que contienen mercancías peligrosas pueden enviarse sin abrir al laboratorio previa consulta, siempre que el envase sea original, seguro y no esté dañado.
El muestreo de los
envases más grandes debe llevarlo a cabo un contratista o agente cualificado, si se dispone de suficientes precauciones de seguridad (como equipos de protección individual, espacio de trabajo ventilado, por ejemplo, con campanas de humo, en caso necesario). Debe evitarse, en la medida de lo posible, la formación de muestras globales para reducir la exposición.
Las aduanas no llevan a cabo el muestreo de determinados productos peligrosos debido a acuerdos especiales con otros organismos oficiales, que dependen de la normativa nacional.
Debe coordinarse un transporte adecuado hasta el laboratorio de aduanas teniendo presentes las normas relativas al transporte de mercancías peligrosas. Por lo general, las muestras de productos peligrosos pueden transportarse en cantidades limitadas, en los casos en los que las normativas del ADR son menos restrictivas. Para más información sobre el ADR, véase el capítulo titulado «Transporte de mercancías peligrosas por carretera (ADR)» (añadir enlace). Véanse también las normativas de la IATA (añadir enlace) y del IMDG (añadir enlace).
Si se considera que las mercancías no se ajustan a la información suministrada (el etiquetado, la clase de peligro, los documentos), estas deben tratarse como si fueran mercancías de
composición desconocida. Si tiene dudas, consulte al laboratorio y a sus superiores sobre la exactitud de la información y sobre cualquier discrepancia que haya detectado.
La cantidad de muestras de las mercancías peligrosas tanto para los análisis cualitativos como los cuantitativos debe ser lo más pequeña posible para reducir el riesgo y evitar residuos innecesarios. Consulte a su laboratorio de aduanas o a otro laboratorio competente acerca de la cantidad de muestra requerida.
¡Nunca lleve productos peligrosos o productos con una composición desconocida a una zona de oficinas!
Las sustancias de naturaleza desconocida tienen que ser manipuladas con cuidado y deben considerarse sustancias peligrosas hasta que se confirme su naturaleza. Las sustancias de composición química desconocida pueden derivarse del tráfico de productos químicos controlados como:
En estos casos, no hay información disponible o se espera que la información facilitada sea falsa. Las dudas acerca de la naturaleza química de las mercancías también pueden surgir a partir de declaraciones contradictorias o porque las sustancias sean parte de un programa de seguimiento.
Las sustancias desconocidas deben manipularse con cuidado y deben considerarse sustancias peligrosas hasta que se confirme su naturaleza.
Para obtener más información acerca de los riesgos para la salud y la seguridad, véase el capítulo titulado
«Sustancias peligrosas» y
«Drogas y sustancias ilícitas».
Existen varias técnicas disponibles para tratar de determinar las sustancias desconocidas
in situ. En algunos casos, los dispositivos portátiles pueden ser capaces de detectar sustancias sin abrir los envases transparentes (por ejemplo, el espectrómetro Raman). En caso contrario, tendrán que obtenerse muestras pequeñas para su identificación mediante el uso de otros dispositivos portátiles, por ejemplo, los espectrómetros infrarrojos, las pruebas rápidas o los instrumentos móviles. En todos los casos, el envase debe quitarse con cuidado, capa a capa, a fin de evitar derrames accidentales. Si deben obtenerse muestras pequeñas para el ensayo, serán necesarias sondas tubulares pequeñas y sellos especiales para volver a sellar inmediatamente el envase. Los agentes deben recibir formación especial para el uso de instrumentos de ensayo, en especial la apertura de los envases de estos tipos de mercancías, y conocer las limitaciones de este tipo de ensayo.
Si una sustancia desconocida no puede detectarse
in situ, necesitará buscar asesoramiento especializado (laboratorio de aduanas o especialista interno o externo). Si es necesario llevar a cabo un ensayo adicional, los envases pequeños de hasta 5 kg o 5 l pueden enviarse al laboratorio sin realizar el muestreo del contenido. El muestreo de los envases más grandes debe realizarse utilizando precauciones similares y medidas de seguridad como las descritas para las
mercancías peligrosas.
No obstante, es preferible que los envases que contengan estas mercancías no se abran in situ. Por lo tanto, se recomienda que estos envases se envíen a los laboratorios sin abrir. Pero en su país pueden ser de aplicación procedimientos distintos. Consulte a su laboratorio de aduanas o agentes locales para obtener más información.
Si se ha confirmado o se sospecha que pueden ser sustancias ilícitas, deberá incautarse toda la carga. Las tareas realizadas por los laboratorios de aduanas para detectar y analizar sustancias ilícitas varían de un Estado miembro a otro, desde la identificación de las sustancias hasta el análisis completo de la incautación. Por consiguiente, los procedimientos de muestreo dependen en gran medida del tipo de análisis que debe llevar a cabo el laboratorio de aduanas y de las normativas nacionales sobre los procedimientos forenses para el muestreo de incautaciones de drogas.
Por tanto, debe consultar la normativa nacional en materia de muestreo de incautaciones de drogas ilícitas. Observación: la práctica con respecto a estos tipos de muestras podría cambiar más rápidamente que en el caso de otros tipos de muestras. Consulte siempre la información actualizada. Para obtener más información sobre el muestreo de
drogas ilícitas véase:
- la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC)
- la Red Europea de Institutos de Policía Científica (ENFSI)