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Archive:Estadísticas de migración y población migrante

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Datos extraídos en mayo de 2020.

Fecha prevista para la actualización del artículo: julio de 2021.

Highlights

En 2018, 2,4 millones de inmigrantes entraron en la EU-27 procedentes de países no pertenecientes a la EU-27.

El de 1 de enero de 2019, 21,8 millones de personas (4,9 %) de los 446,8 millones de personas que vivían en la Unión Europea no eran ciudadanos de la EU-27.

Los Estados miembros de la EU-27 concedieron la nacionalidad a 672 000 personas en 2018.

[[File:Migration_and_migrant_population_statistics-interactive_FP2020-ES.XLSX]]

Inmigrantes, 2018

Este artículo presenta las estadísticas de la Unión Europea sobremigración internacional (flujos), número de ciudadanos nacionales yno nacionales de la población («stocks») y datos relativos a la adquisición de la nacionalidad. La migración está influenciada por una combinación de factores económicos, medioambientales, políticos y sociales: tanto en el país de origen del emigrante (factores de expulsión) como en el país de destino (factores de llamada). Se considera que, históricamente, la relativa prosperidad económica y estabilidad política de la UE han ejercido un efecto de llamada considerable sobre los inmigrantes.

En los países de destino, la migración internacional puede ser utilizada como una herramienta para solucionar carencias específicas del mercado laboral . No obstante, es casi seguro que la migración por sí sola no invertirá la actual tendencia al envejecimiento de la población experimentada en muchos lugares de la UE.

Full article

Flujos migratorios: En 2018, la inmigración en la EU-27 desde terceros países fue de 2,4 millones

Un total de 3,9 millones de personas emigrarona alguno de los Estados miembros de la EU-27durante 2018, mientras que, según los informes, al menos 2,6 millones de emigrantes dejaron un Estado miembro de la EU-27. No obstante, estas cifras totales no representan los flujos de migración hacia o desde la EU-27 en general, ya que también se incluyen los flujos entre diferentes Estados miembros de la EU-27. Se estima que, en 2018, hubo 2,4 millones de inmigrantes a la EU-27 procedentes de países no pertenecientes a la EU-27 y alrededor de 1,1 millones de personas emigraron desde un país de la EU-27 a un país no perteneciente a la EU-27; véase el gráfico 1. Además, 1,4 millones de personas ya residentes en un Estado miembro de la EU-27 migraron a otro Estado miembro.

Gráfico 1: Inmigrantes procedentes de fuera de la EU-27 y emigrantes a países fuera de la EU-27, EU-27 2013-2018
(millones)
Fuente: Eurostat (migr_imm12prv) y (migr_emi5nxt)

Alemania: el mayor número de inmigrantes y de emigrantes

En 2018, Alemania notificó el número total de inmigrantes más alto (893 900), seguida de España (643 700), Francia (386 900) e Italia (332 300). Alemania también notificó el número de emigrantes más alto en 2018 (540 400), seguida de España (309 500), Francia (341 400), Rumanía (231 700) y Polonia (189 800). Un total de 22 Estados miembros de la EU-27 notificaron más inmigración que emigración en 2018, pero en Bulgaria, Croacia, Letonia, Lituania, Polonia y Rumanía, el número de emigrantes superó al de inmigrantes.

Tabla 1: Inmigración por nacionalidad, 2018
Fuente: Eurostat (migr_imm1ctz)

En relación con el tamaño de la población residente, Malta registró las tasas de inmigración más altas en 2018 (55 inmigrantes por cada 1 000 personas), seguido de Luxemburgo (41 inmigrantes por cada 1 000 personas); véase el gráfico 2. Por lo que se refiere a la emigración, las tasas más altas en 2018 se registraron en Luxemburgo (23 emigrantes por 1 000 personas), Malta (19 emigrantes por 1 000 persona), Chipre (18 emigrantes por 1 000 personas), y Rumanía (12 emigrantes por 1 000 personas).

Gráfico 2: Inmigrantes, 2018
(por 1 000 habitantes)
Fuente: Eurostat (migr_imm1ctz) y (migr_pop1ctz)

El porcentaje más alto de inmigrantes nacionales, para Rumanía, y el más bajo, para Luxemburgo

En 2018, el porcentaje relativo de inmigrantes nacionales (esto es, inmigrantes con la nacionalidad del Estado miembro de la EU-27 al que migraban) en el total de inmigrantes fue más elevado en Rumanía (el 82 % de todos los inmigrantes), Eslovaquia (el 60 %), Lituania (el 57 %), Polonia (el 55 %) y Bulgaria (el 55 %). Estos fueron los únicos Estados miembros de la EU-27 en los que la inmigración nacional representó más de la mitad del número total de inmigrantes (véase el gráfico 3). Por el contrario, en Luxemburgo, la inmigración nacional representó menos del 5 % de su inmigración total en 2018.

Gráfico 3: Distribución de inmigrantes por nacionalidad, 2018
(% de todos los inmigrantes)
Fuente: Eurostat (migr_imm2ctz)

La información sobre la nacionalidad se ha utilizado a menudo para el estudio de los inmigrantes de origen extranjero. No obstante, dado que la nacionalidad puede cambiar en el transcurso de la vida de una persona, es también útil analizar la información por país de nacimiento. El porcentaje relativo de inmigrantes nativos dentro del número total de inmigrantes fue más elevado en Bulgaria y Lituania (ambos un 51 % del total de inmigrantes), seguidos de Rumanía (43 %) y Estonia (40 %). Por el contrario, Luxemburgo declaró porcentajes relativamente bajos de inmigrantes nativos, menos del 5 % del total de inmigrantes en 2018.

Tabla 2: Inmigración por país de nacimiento, 2018
Fuente: Eurostat (migr_imm3ctb)

Residencia anterior: en 2018 entraron en la EU_27 2,4 millones de inmigrantes

Un análisis por residencia anterior revela que Luxemburgo informó del mayor porcentaje de inmigrantes procedentes de otro Estado miembro de la EU-27 (93 % de su número total de inmigrantes en 2018), seguido de Eslovaquia (65& %) y Austria (62 %); España (19 % del total de inmigrantes), así como Italia y Eslovenia (ambos 20 %) declararon porcentajes relativamente bajos (véase la tabla 3).

Tabla 3: Inmigración por país de residencia anterior, 2018
Fuente: Eurostat (migr_imm5prv)

Con respecto a la distribución por sexo de los inmigrantes en los Estados miembros de la EU-27 en 2018, hubo un porcentaje ligeramente superior de hombres que de mujeres (un 54 % frente a un 46 ;%). El Estado miembro que notificó el porcentaje más alto de inmigrantes masculinos fue Croacia (75 %); en cambio, el porcentaje más elevado de mujeres inmigrantes lo declaró Portugal (53 %).

Gráfico 4: Inmigrantes por sexo, 2018
(% de todos los inmigrantes)
Fuente: Eurostat (migr_imm2ctz)

La mitad de los inmigrantes eran menores de 29 años

En 2018, los inmigrantes en los Estados miembros de la EU-27 eran, de media, mucho más jóvenes que la población total ya residente en su país de destino. A 1 de enero de 2019, la mediana de edad de la población total de la EU-27 era de 43,7 años, mientras que la de los inmigrantes a la EU-27 fue de 29,2 años en 2018.

Gráfico 5: Estructura de edad de los inmigrantes por nacionalidad, UE, 2018
(%)
Fuente: Eurostat (migr_imm2ctz)

Población migrante: A 1 de enero de 2019, vivían en la EU-27 21,8 millones de ciudadanos de países no pertenecientes a la UE-27

El número de nacionales de un tercer país que a 1 de enero de 2019 residían en un Estado miembro de la UE era de 21,8 millones, lo que representa el 4,9 % de la población de la EU-27. Por otra parte, 13,3 millones de personas que a 1 de enero de 2019 vivían en uno de los Estados miembros de la EU-27 eran nacionales de otro Estado miembro de la EU-27.

En términos absolutos, el mayor número de no nacionales que a 1 de enero de 2019 vivían en los Estados miembros de la EU-27 se registró en Alemania (10,1 millones de personas), Italia (5,3 millones), Francia (4,9 millones) y España (4,8 millones). Los extranjeros en estos cuatro Estados miembros representaron colectivamente el 71</newarticle>% del número total de no nacionales que vivían en todos los Estados miembros de la EU-27, mientras que a esos mismos Estados miembros correspondía el 58 % de la población de la EU-27.

Tabla 4: Población no nacional por grupo de nacionalidad, 1 de enero de 2019
Source: Eurostat (migr_pop1ctz)

En la mayoría de Estados miembros de la EU-27, la población extranjera estaba integrada por ciudadanos de países no pertenecientes a la EU-27

A fecha de 1 de enero de 2019, Bélgica, Irlanda, Luxemburgo, Austria y Eslovaquia eran los únicos Estados miembros de la EU-27 en los que los no nacionales eran principalmente ciudadanos de otros Estados miembros de la EU-27. Esto significa que en la mayor parte de los Estados miembros de la EU-27, la mayoría de los no nacionales eran ciudadanos de países no pertenecientes a la UE-27 (véase la tabla 5). En el caso de Letonia y Estonia, la proporción de ciudadanos de terceros países es particularmente importante debido al elevado número de no nacionales reconocidos (principalmente ciudadanos de la ex Unión Soviética, que residen permanentemente en estos países, pero que no han adquirido otra nacionalidad).

Gráfico 6: Porcentaje de no nacionales en la población residente, 1 de enero de 2019
(%)
Fuente: Eurostat (migr_pop1ctz)

El porcentaje más alto de población extranjera, en Luxemburgo; el más bajo, en Rumanía

En términos relativos, el Estado miembro de la EU-27 con el porcentaje más alto de no nacionales fue Luxemburgo, donde los no nacionales representaban el 47 % de su población total. Se registró asimismo un elevado porcentaje de ciudadanos extranjeros (un 10 % o más de la población residente) en Chipre, Malta, Austria, Estonia, Letonia, Irlanda, Bélgica, Irlanda, Alemania y España. En cambio, los no nacionales representaban menos del 1 % de la población en Polonia (0.8 %) y Rumanía (0,6 . El porcentaje relativo de personas nacidas en el extranjero respecto del total de la población más elevado se registró en Luxemburgo (47 % de la población residente), seguido de Chipre ( 21 % y Malta (20 %). En cambio, el 1 de enero de 2019, Polonia registraba un bajo porcentaje de personas nacidas en el extranjero, un 2 % del total de su población, seguido de Bulgaria (2,5 %), Rumania (3,2 %) y Eslovaquia(3,6 %).

Tabla 5: Población nacida en el extranjero por país de nacimiento, 1 de enero de 2019
Fuente: Eurostat (migr_pop3ctb)

La tabla 6 ofrece un resumen de los cinco principales grupos de ciudadanos extranjeros y poblaciones nacidas en el extranjero en los Estados miembros de la EU-27, el Reino Unido y los países de la AELC (sujeto a la disponibilidad de los datos).

Tabla 6: Principales países de nacionalidad y de nacimiento de la población extranjera / nacida en el extranjero, 1 de enero de 2019
(en cifras absolutas y en porcentaje de población total extranjera / nacida en el extranjero)
Fuente: Eurostat (migr_pop1ctz) y (migr_pop3ctb)

Los ciudadanos rumanos, polacos, italianos y portugueses constituían los cuatro mayores grupos de ciudadanos de la EU-27 que residían en otro Estado miembro de la EU-27 en 2019 (véase el gráfico 7).

Gráfico 7: Número de ciudadanos de la EU-27 que son residentes habituales en el resto de la EU-27 a 1 de enero de 2019
(millones)
Fuente: Eurostat (migr_pop1ctz)

Los ciudadanos extranjeros son más jóvenes que los nacionales

Un análisis de la estructura de edad de la población muestra que, en el conjunto de la EU-27, la población extranjera era más joven que la población nacional. La distribución por edad de los extranjeros muestra, con respecto a los nacionales, una mayor proporción de adultos relativamente jóvenes en edad laboral. A 1 de enero de 2019, la mediana de edad de la población nacional en la EU-27 era de 45 años, mientras que la de los no nacionales que vivían en la EU-27 era de 36 años.

Gráfico 8: Estructura por edades de la población nacional y no nacional, EU-27, 1 de enero de 2019
(%)
Fuente: Eurostat (migr_pop2ctz)

Adquisiciones de nacionalidad: Los Estados miembros de la EU-27 concedieron la nacionalidad a 672 000 personas en 2018

En 2018, las adquisiciones de nacionalidad disminuyeron en un 4 %

El número de personas que adquirieron la nacionalidad de un Estado miembro de la EU-27 en 2018 fue de 672 300, lo que corresponde a una disminución del 4 % con respecto a 2017. Alemania registró el mayor número de personas que adquirieron la nacionalidad en 2018, con 116 800 (o el 17 % del total de la EU-27). Los siguientes niveles más altos de adquisición de nacionalidad se registraron en Italia (112 500), Francia (110 000), España (90 800) y Suecia (63 800).

Gráfico 9: Número de personas que han adquirido la nacionalidad de un Estado miembro de la EU-27, EU-27, 2009-2018
(1 000) Fuente: Eurostat (migr_imm1ctz)

En términos absolutos, en comparación con 2017, los mayores descensos se registraron en Italia, donde se concedió la nacionalidad italiana a 34 100 residentes menos, seguida de Grecia ( 6 400), Suecia (-5 100), Dinamarca (-4 400) y Francia (-4 300). Por el contrario, los mayores incrementos en términos absolutos se observaron en España (obtuvieron la nacionalidad española 24 300 personas más que en 2017), seguido de Portugal (+3 300) y Luxemburgo (+2 000).

Tabla 7: Adquisiciones de nacionalidad por grupo de nacionalidad anterior, 2018
Fuente: Eurostat (migr_acq)

En 2018, unos 556 100 ciudadanos de terceros países residentes en un Estado miembro de la EU-27 obtuvieron la ciudadanía de un Estado miembro de la EU-27, lo que equivale a una disminución del 5 % con respecto a 2017. Como tales, los ciudadanos de terceros países representaron el 84 % de todas las personas que obtuvieron la nacionalidad de un Estado miembro de la EU-27 en 2018. Estos nuevos ciudadanos de la EU-27 procedían sobre todo de África (28 % del número total de nacionalidades obtenidas), otros países europeos fuera de la EU-27 (25 %), Asia (16 %), así como América del Norte y del Sur (14 %). El número de ciudadanos de los Estados miembros de la EU-27 que obtuvieron la nacionalidad de otro Estado miembro de la EU-27 ascendió a 89 800 personas, lo que representa un 13 % del total. En términos absolutos, los principales grupos de ciudadanos de la EU-27 que adquirieron la nacionalidad de otro Estado miembro de la EU-27 fueron los rumanos que se convirtieron en ciudadanos de Italia (6 500 personas) o de Alemania (4 300 personas), alrededor de la mitad de las adquisiciones de nacionalidad por parte de los polacos, que se convirtieron en ciudadanos de Alemania (6 200 personas), y la mitad de los italianos que se convirtieron en ciudadanos de Alemania (4 000 personas).

En Luxemburgo y Hungría, la mayor parte de las nuevas nacionalidades se concedieron a nacionales de otro Estado miembro de la EU-27. En el caso de Luxemburgo, la mayor parte correspondió a ciudadanos portugueses, seguidos de franceses, italianos y belgas, mientras que en el caso de Hungría, los nacionales de la EU-27 que adquirieron la nacionalidad eran casi exclusivamente ciudadanos rumanos.

Como en los años anteriores, en 2018 los mayores grupos de nuevos ciudadanos en los Estados miembros de la EU-27 fueron los marroquíes (67 200, un 10 % de todas las nacionalidades concedidas), seguidos de los albaneses (47 400 o 7,1 %), los turcos (28 400 o 4,2 %) y los brasileños (23 100 o 3,4 %). En comparación con 2017, el número de nacionales marroquíes que adquirieron la nacionalidad de un Estado miembro de la EU-27 disminuyó un 2 %. La mayoría de marroquíes obtuvieron la nueva nacionalidad en España (38 %), Italia (23 %) o Francia (23 %) mientras que la mayoría de albaneses obtuvieron la nacionalidad griega (51 %) o italiana (46 %). Una gran mayoría de turcos (59 %) obtuvo la nacionalidad alemana, y alrededor de la mitad de los brasileños, la italiana (46 %).

Las mayores tasas de naturalización se registraron en Suecia y Rumanía

Un indicador muy común es la «tasa de naturalización», que se define como la relación entre el número total de nacionalidades concedidas y la población de residentes no nacionales a principios de ese mismo año. El Estado miembro de la EU-27 con la mayor tasa de naturalización en 2018 fue Suecia (7,2 adquisiciones por 100 residentes no nacionales), seguido de Rumanía y Portugal (con 5,6 y 5,1 adquisiciones por 100 residentes no nacionales, respectivamente).

Gráfico 10: Tasa de naturalización (adquisición de la nacionalidad por 100 residentes extranjeros), 2018
Fuente: Eurostat (migr_acq)y (migr_pop1ctz)

Fuentes de datos

La emigración es especialmente difícil de medir. Es más difícil llevar un control de la gente que deja un país que de la que llega a él, porque a menudo para una persona migrante es mucho más importante interactuar en relación con su migración con las autoridades del país receptor que con las del país que deja. Un análisis comparativo de los datos de inmigración y emigración en 2018 de los Estados miembros de la EU-27 (estadísticas de espejo) confirmó que esta afirmación es cierta para muchos países; por ello, este artículo se centra en los datos sobre inmigración.

Eurostat produce estadísticas sobre una variedad de cuestiones relacionadas con los flujos de migración internacional, los volúmenes de población extranjera y la adquisición de nacionalidad. Las autoridades estadísticas nacionales de los Estados miembros de la EU-27 recopilan anualmente los datos y los suministran a Eurostat.

Fuentes legales

Desde 2008, la recopilación de datos de migración y protección internacional se ha basado en el Reglamento (CE) n.º 862/2007 y el análisis y la composición de la UE, la AELC y los grupos de países candidatos a 1 de enero del año de referencia figuran en el Reglamento (UE) n.º 351/2010. Este define un conjunto básico de estadísticas sobre flujos de migración internacional, volúmenes de población de extranjeros, adquisición de nacionalidad, permisos de residencia, asilo y medidas contra la entrada y estancia ilegales. Aunque los Estados miembros de la Unión pueden seguir utilizando toda fuente de datos pertinente en función de la disponibilidad y la práctica de cada país, las estadísticas recopiladas con arreglo al Reglamento deben basarse en definiciones y conceptos comunes. La mayoría de los Estados miembros de la Unión basan sus estadísticas en fuentes de datos administrativos tales como registros de población, registros de extranjeros, registros de permisos de residencia o de trabajo, registros de seguros de salud y registros tributarios. Algunos países utilizan estadísticas de espejo, encuestas por muestreo o métodos de estimación para elaborar estadísticas sobre migración. Se espera que la aplicación del Reglamento dé lugar a un aumento de la disponibilidad y la comparabilidad de las estadísticas de migración.

Como se indica en el artículo 2, apartado 1, letras a), b) y c), del Reglamento (CE) n.º 862/2007, se contemplan los inmigrantes que han estado residiendo (o de quienes se espera que residan) en el territorio de un Estado miembro de la Unión durante un período de al menos 12 meses, así como los emigrantes que viven en el extranjero durante más de 12 meses. Por lo tanto, los datos recopilados por Eurostat se refieren a la migración durante un período de 12 meses o más: en los migrantes se incluyen, por lo tanto, las personas que han emigrado por un período de un año o más, así como las personas que hayan emigrado de forma permanente. Eurostat recopila datos relativos a la adquisición de la nacionalidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra d), del Reglamento (CE) nº 862/2007, que establece que «Los Estados miembros proporcionarán a la Comisión (Eurostat) estadísticas sobre el número de (…) ’personas que tienen su residencia habitual en el territorio del Estado miembro’ y que han adquirido la nacionalidad del Estado miembro durante el año de referencia (…) desglosadas por (…) la nacionalidad anterior de las personas afectadas o su condición anterior de apátrida».

Definiciones

Los agregados de datos relativos a las adquisiciones de nacionalidad para la EU-27 en 2012, 2011 y 2010 incluyen datos de Rumanía para 2009.

Para Alemania, los datos relativos a las adquisiciones de nacionalidad en 2018 están redondeados al múltiplo de 5 más próximo sobre una base provisional.

Rumanía no dispone de datos relativos a las adquisiciones de nacionalidad desglosados por nacionalidad anterior en relación con 2017 y 2018.

Los datos agregados de la EU-27 sobre inmigración por país de residencia anterior relativos al período 2013-2018 incluyen el Reino Unido en la composición de la Unión debido a que los datos de la EU-27 no están disponibles para Chipre.

Los datos agregados de la EU-27 relativos a la población por nacionalidad a 1 de enero de 2019 incluyen el Reino Unido en la composición de la Unión debido a que los datos de la EU-27 no están disponibles para Chipre y Malta.

Edad:

En relación con las definiciones de edad para los flujos migratorios, debe tenerse en cuenta que los datos de 2018 se refieren a la edad del encuestado en años cumplidos, o la edad al final del año de referencia, con respecto a todos los Estados miembros de la EU-27, a excepción de Irlanda, Grecia, Austria, Malta, Rumanía y Eslovenia. En estos países, igual que en el Reino Unido, los datos se refieren a la edad del encuestado en años cumplidos, o la edad en su último cumpleaños. En relación con las definiciones de edad para las adquisiciones de nacionalidad, debe tenerse en cuenta que los datos de 2018 se refieren a la edad del encuestado en años cumplidos, o la edad al final del año de referencia, con respecto a todos los Estados miembros de la EU-27, a excepción de Alemania, Grecia, Irlanda, Austria, Lituania, Malta, Rumanía y Eslovenia. En estos países, igual que en el Reino Unido, los datos se refieren a la edad del encuestado en años cumplidos, o la edad en su último cumpleaños.

Estados miembros y países de la AELC en función de la inclusión o la exclusión de los solicitantes de asilo y los refugiados en los datos sobre población notificados a Eurostat en el marco de la recogida de datos demográficos unificados en el año de referencia 2018

Población a 1.1.2019 Incluidos Excluidos
Solicitantes de asilo residentes habituales durante al menos doce meses Bélgica, Alemania, Estonia, Irlanda, Grecia, España, Francia, Italia, Chipre, Luxemburgo, Países Bajos, Austria, Portugal, Reino Unido, Noruega y Suiza Bulgaria, Chequia, Dinamarca, Croacia, Letonia Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Rumanía, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia, Suecia, Islandia y Liechtenstein
Refugiados residentes habituales durante al menos doce meses Bélgica, Bulgaria, Chequia, Dinamarca, Alemania, Estonia, Irlanda, Grecia, España, Francia, Croacia, Italia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia, Suecia, Reino Unido, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza

Nota: Noruega (no están incluidos los solicitantes de asilo ni los refugiados sin permiso de residencia)


Estados miembros y países de la AELC en función de la inclusión o la exclusión de los solicitantes de asilo y los refugiados en los datos sobre migración notificados a Eurostat en el marco de la recogida de datos demográficos unificados en el año de referencia 2018

Migración durante 2018 Incluidos Excluidos
Solicitantes de asilo residentes habituales durante al menos doce meses Bélgica, Alemania, Estonia, Grecia, España, Francia, Italia, Chipre, Luxemburgo, Países Bajos, Austria, Portugal, Reino Unido, Noruega y Suiza Bulgaria, Chequia, Dinamarca, Irlanda, Croacia, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Rumanía, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia, Suecia, Islandia y Liechtenstein
Refugiados residentes habituales durante al menos doce meses Bélgica, Bulgaria, Chequia, Dinamarca, Alemania, Estonia, Irlanda, Grecia, España, Francia, Croacia, Italia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia, Suecia, Reino Unido, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza

Nota: Noruega (no están incluidos los solicitantes de asilo ni los refugiados sin permiso de residencia); Irlanda (no están incluidos los refugiados que no residen en un hogar privado).

Refugiado: El término no se refiere únicamente a aquellas personas a las que se les concede el estatuto de refugiado [según se define en el artículo 2, letra e), de la Directiva 2011/95/CE en el sentido del artículo 1 de la Convención de Ginebra en relación con el Estatuto de los Refugiados de 28 de julio de 1951, modificada por el Protocolo de Nueva York de 31 de enero de 1967] sino también a las personas a las que se les concede protección subsidiaria [según se define en el artículo 2, letra g), de la Directiva 2011/95/CE] y a las personas cubiertas por una decisión que conceda la autorización de residencia por razones humanitarias con arreglo a la legislación nacional en materia de protección internacional.

Solicitante de asilo: Las primeras solicitudes de asilo son específicas según el país y no implican un límite temporal. Por lo tanto, un solicitante de asilo puede formular su solicitud por primera vez en un país determinado y de nuevo ser solicitante por primera vez en cualquier otro país. Si un solicitante de asilo presenta de nuevo una solicitud en el mismo país después de un periodo de tiempo cualquiera, ya no se considera un solicitante por primera vez.

Tasa de naturalización: El término «tasa de naturalización» debe utilizarse con precaución, ya que el numerador incluye todos los modos de adquisición y no solo las naturalizaciones de los residentes extranjeros que pueden optar a ellas, y el denominador incluye todos los extranjeros, no solo los extranjeros que pueden optar a la naturalización.

Contexto

Los ciudadanos de los Estados miembros de la UE tienen libertad de desplazamiento y de libertad de circulación dentro de las fronteras interiores de la UE. Las políticas de migración dentro de la UE por lo que respecta a los nacionales de países no miembros se orientan cada vez más a atraer a un determinado perfil de inmigrantes, a menudo en un intento de paliar la escasez de cualificaciones específicas. La selección puede llevarse a cabo en función del dominio del idioma, la experiencia laboral, la formación y la edad. Alternativamente, los empleadores pueden efectuar la selección de forma que los inmigrantes ya tengan un empleo al llegar al país.

Además de las políticas destinadas a fomentar la contratación laboral, con frecuencia la política de inmigración se centra en dos ámbitos: prevenir la migración irregular y el empleo ilegal de migrantes no autorizados a trabajar, y promover la integración de los inmigrantes en la sociedad. Se han movilizado recursos significativos para luchar contra el tráfico de seres humanos y las redes de traficantes en la UE.

Dentro de la Comisión Europea, la Dirección General de Migración y Asuntos de Interior es responsable de la política europea de migración. En 2005, la Comisión Europea relanzó el debate sobre la necesidad de disponer de un conjunto de normas comunes para la admisión de inmigrantes económicos mediante el Libro Verde relativo al planteamiento de la UE sobre la gestión de la inmigración económica [COM(2004) 811 final], que condujo a la adopción de un plan de política en materia de migración legal [COM(2005) 669 final] a finales de 2005. En julio de 2006, la Comisión Europea adoptó una Comunicación sobre las prioridades políticas en la lucha contra la inmigración ilegal de los nacionales de terceros países [COM(2006) 402 final], que aspira a lograr un equilibrio entre la seguridad y los derechos fundamentales de los individuos durante todas las etapas del proceso de inmigración ilegal. En septiembre de 2007, la Comisión Europea presentó su tercer informe anual sobre inmigración e integración [COM(2007) 512 final]. En una Comunicación de la Comisión Europea adoptada en octubre de 2008 se hacía hincapié en la importancia de reforzar el planteamiento global de la migración: aumentar la coordinación, la coherencia y las sinergias [COM(2008) 611 final] como un aspecto de la política exterior y de desarrollo. El Programa de Estocolmo, adoptado por los jefes de Estado o de Gobierno de la Unión en diciembre de 2009, establece un marco y una serie de principios para el desarrollo constante de políticas europeas en materia de justicia e interior en el periodo 2010 a 2014; las cuestiones relacionadas con la migración constituyen una parte central de este Programa. Con objeto de materializar los cambios acordados, la Comisión Europea adoptó en 2010 un plan de acción para aplicar el Programa de Estocolmo – Garantizar el espacio de libertad, seguridad y justicia para los ciudadanos europeos [COM(2010) 171 final].

En mayo de 2013, la Comisión Europea publicó el Informe sobre la ciudadanía de la UE 2013 [COM(2013) 269 final]. El informe señala que la ciudadanía de la Unión proporciona nuevos derechos y oportunidades. El derecho a desplazarse y vivir libremente dentro de la UE es el que se asocia más estrechamente con la ciudadanía de la Unión. Gracias a la tecnología moderna y a que ahora es más fácil viajar, la libre circulación permite a los europeos expandir sus horizontes más allá de las fronteras nacionales, salir de su país durante períodos más o menos largos, ir y venir entre los países de la Unión para trabajar, estudiar y formarse, para viajar por motivos profesionales o de ocio o para hacer compras transfronterizas. La libre circulación puede incrementar las interacciones sociales y culturales dentro de la UE y crea unos lazos más estrechos entre los ciudadanos de la Unión. Además, genera beneficios económicos recíprocos para las empresas y los ciudadanos, incluso para aquellos que no se desplazan, ya que la Unión suprime constantemente los obstáculos interiores.

La Comisión Europea presentó el 13 de mayo de 2015 una Agenda Europea de Migración (en inglés)] [COM(2015) 240 final] en la que se esbozan medidas inmediatas para responder a la situación de crisis en el Mediterráneo, así como las medidas que han de adoptarse en los próximos años para gestionar mejor la migración en todos sus aspectos.

El informe anual sobre migración y asilo (en inglés) (2016) de la red europea de migración (en inglés) fue publicado en abril de 2017. Ofrece una visión general de los principales avances jurídicos y políticos que tienen lugar en toda la Unión Europea y en los países participantes. Se trata de un documento exhaustivo que abarca todos los aspectos de la política de migración y asilo de la Dirección General de Migración y Asuntos de Interior (en inglés) y de las agencias de la Unión.

El 15 de noviembre de 2017, la versión actualizada de la Agenda Europea de Migración (en inglés) se centró en la crisis de los refugiados, una política común de visados y Schengen. En dicha versión se abordaron cuestiones como reasentamientos y reubicaciones, apoyo financiero a Grecia e Italia e instalaciones para los refugiados. Los objetivos incluyeron permitir que los refugiados llegaran a Europa por vías legales y seguras, garantizando un reparto equitativo de la responsabilidad de reubicación entre los Estados miembros, a través de la integración de los migrantes a escala local y regional.

El 4 de diciembre de 2018, la Comisión publicó un informe de situación sobre la aplicación de la Agenda Europea de Migración, donde se analizan los avances realizados y los defectos en su implementación. Centrándose en la forma en que el cambio climático, los factores demográficos y los económicos crean nuevos motivos que impulsan a las personas a desplazarse, confirmó que los factores que se encuentran detrás de la presión migratoria en Europa eran estructurales, por lo que es esencial abordar esta cuestión de forma eficaz y uniforme. El 16 de octubre de 2019, la Comisión publicó [1] sobre la aplicación de la Agenda Europea de Migración, que se centraba en los pasos clave necesarios en las rutas del Mediterráneo en particular, así como en las acciones para consolidar el conjunto de instrumentos de la UE en materia de migración, fronteras y asilo.

Algunos de los principales textos jurídicos adoptados en el ámbito de la inmigración son los siguientes:

  • Artículo 20 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea sobre el Derecho de la Unión aplicado a la ciudadanía de la Unión;
  • Artículo 21 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea sobre los ciudadanos de la Unión;
  • Artículo 79 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea sobre controles en las fronteras, asilo e inmigración para los nacionales de terceros países;
  • Directiva 2003/09/CE sobre las normas mínimas para la acogida de los solicitantes de asilo;
  • Directiva 2003/86/CE sobre el derecho a la reagrupación familiar;
  • Directiva 2003/109/CE relativa al estatuto de residente de larga duración de los nacionales de terceros países;
  • Directiva 2003/110/CE sobre la asistencia en casos de tránsito a efectos de repatriación o alejamiento por vía aérea;
  • Directiva 2004/38/CE sobre el derecho de los ciudadanos de la Unión y de sus familias a desplazarse y residir libremente en el territorio de los Estados miembros;
  • Directiva 2004/81/CE relativa a la expedición de un permiso de residencia a nacionales de terceros países que sean víctimas de la trata de seres humanos;
  • Directiva 2004/82/CE sobre la obligación de los transportistas de comunicar los datos de las personas transportadas;
  • Directiva 2004/83/CE por la que se establecen normas mínimas relativas a los requisitos para el reconocimiento y el estatuto de nacionales de terceros países o apátridas como refugiados o personas que necesitan otro tipo de protección internacional y al contenido de la protección concedida;
  • Directiva 2004/114/CE relativa a los requisitos de admisión de los nacionales de terceros países a efectos de estudios, intercambio de alumnos, prácticas no remuneradas o servicios de voluntariado;
  • Directiva 2005/71/CE sobre la admisión de investigadores científicos de fuera de la UE;
  • Directiva 2008/115/CE sobre el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular;
  • Directiva 2009/50/CE relativa a las condiciones de entrada y residencia de nacionales de terceros países para fines de empleo altamente cualificado.
  • Directiva 2009/52/CE sobre las sanciones y medidas aplicables a los empleadores de nacionales de terceros países en situación irregular;
  • Directiva 2011/95/CE por la que se establecen normas relativas a los requisitos para el reconocimiento de nacionales de terceros países o apátridas como beneficiarios de protección internacional, a un estatuto uniforme para los refugiados o para las personas con derecho a protección subsidiaria y al contenido de la protección concedida;
  • Directiva 2011/98/UE por la que se establece un procedimiento único de solicitud de un permiso único que autoriza a los nacionales de terceros países a residir y trabajar en el territorio de un Estado miembro y por la que se establece un conjunto común de derechos para los trabajadores de terceros países que residen legalmente en un Estado miembro;
  • Directiva 2013/32/UE sobre procedimientos comunes para la concesión o la retirada de la protección internacional;
  • Directiva 2013/33/UE por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional;
  • Directiva 2014/36/UE sobre las condiciones de entrada y estancia de nacionales de terceros países para fines de empleo como trabajadores temporeros;
  • Directiva 2014/54/UE sobre la libre circulación de los trabajadores;
  • Directiva 2014/66/UE relativa a los traslados intraempresariales;
  • Directiva 2014/67/UE sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación de servicios;
  • Directiva 2016/801/UE relativa a los requisitos de entrada y residencia de los nacionales de países terceros con fines de investigación, estudios, prácticas, voluntariado, programas de intercambio de alumnos o proyectos educativos y colocación au pair.

Documentos legislativos - [Agenda Europea de Migración (en inglés)

Material de prensa - [ Agenda Europea de Migración (en inglés)

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