CABOS SUELTOSTraducción de safety/securité y security/sûreté en textos sobre transporte marítimoLa security como «protección»: el doble aspecto de la seguridad marítima, conceptualizado en español por la Organización Marítima Internacional (OMI) y la UE:
Fuente: OMI y UE. Este es el uso obligado en todos nuestros textos jurídicos y técnicos relativos al transporte marítimo o en los que se remita a otros que sean de este tipo (para nosotros, sospecho que casi siempre). La solución «protección» para traducir security puede parecer insólita, y tal vez merezca una genealogía. La Organización Marítima Internacional viene ocupándose desde hace decenios de la seguridad (safety) del transporte marítimo y la vida humana en el mar, elaborando normativa internacional y creando estructuras organizativas para prevenir naufragios, incendios y otros sucesos en mares y puertos, o al menos mitigar sus consecuencias. A raíz del 11 de septiembre de 2001, los Estados miembros de la OMI resolvieron encomendar a la Organización una nueva misión: la protección del transporte marítimo contra el terrorismo. La incorporación al Convenio SOLAS, texto fundamental de la OMI, de un capítulo enteramente nuevo (Capítulo IX-2) dedicado a la security, y la aprobación del International Code for the Security of Ships and of Port Facilities fueron las primeras y fundamentales medidas legislativas adoptadas en este terreno. La introducción del concepto de security en una organización dedicada a la safety tenía que plantear un serio problema en español (lengua oficial), dada la inexistencia de la dualidad safety-security en nuestro idioma. Usar también «seguridad» para traducir security resultaba imposible en numerosos contextos, y tampoco cabía ya razonablemente buscar matizaciones o adjetivos, dado el uso antiguo y omnipresente del término «seguridad» en la Organización. Al final la OMI optó por una pirueta semántica: el nuevo término security se traducirá al español por protección, manteniéndose safety para seguridad. Desde hace años, la Unión Europea incorpora sistemáticamente a su legislación los textos de la Organización Marítima Internacional, a menudo reproduciéndolos literalmente. Dado que esos textos existen en español en traducción oficial de la OMI, las versiones españolas de la UE se ajustan estrictamente a esta (o deberían). Por consiguiente, se ha acuñado también en el Derecho Comunitario el término «protección» como traducción de security en los contextos marítimos: Reglamento(CE) nº 725/2004 relativo a la mejora de la protección de los buques y las instalaciones portuarias, Propuesta de Directiva de mejora de la protección portuaria, etc. Ejemplos:`
Tal vez esta solución pueda aprovecharse también en otros contextos, fuera de aquellos, como el nuclear, donde hay acuñada ya otra terminología específica. Antonio Ballesteros |