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CABOS SUELTOS


Zona del euro

Existe cierta confusión en torno a la expresión que debe emplearse para denominar el conjunto de Estados miembros de la Unión Europea que han adoptado la moneda única (eurozona, área euro, zona euro, área del euro o zona del euro). Esta confusión se refleja incluso en buen número de documentos oficiales, por no hablar del «eurolandia» de algunos periodistas.

Pese a la utilización, en un primer momento, de la expresión «área del euro», los servicios lingüísticos del Banco de España y del Banco Central Europeo decidieron hace ya tiempo optar por «zona del euro».

El artículo contracto «del» ha de utilizarse siempre. En este sentido conviene recordar que, pese a la omisión cada vez más frecuente de la preposición «de» (a veces por influencia de otros idiomas), su empleo es obligatorio en español, aun cuando estuviera vacía de contenido y funcionara como puro enlace, que no es el caso de la «zona del euro».

Así pues, se recomienda la utilización de «zona del euro» en los textos comunitarios como ya sucede en todos los actos jurídicos y publicaciones oficiales del Banco Central Europeo.

Ángeles Conde
Banco de España
aconde@bde.es

Pilar Cano de Gardoqui
Banco Central Europeo
Pilar.Cano_de_Gardoqui@ecb.int

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