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Archive:Estadísticas de asilo

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Datos extraídos el 16 de marzo de 2018 y
el 18 de abril de 2018 (parte sobre las decisiones finales).
Fecha prevista para la actualización del artículo: septiembre de 2019.

Highlights

En 2017, 650 000 nuevos solicitantes de asilo solicitaron protección internacional en los Estados miembros de la UE.
En 2017, obtuvieron el estatuto de protección en los Estados miembros de la UE 538 000 solicitantes de asilo.
En 2017, casi la mitad (46 %) de las decisiones sobre asilo en primera instancia en la UE tuvieron resultados positivos.
[[File:Asylum applicants8.xlsx]]

Asylum applications (non-EU) in the EU-28 Member States, 2006–2017

Este artículo describe los últimos acontecimientos relacionados con el número de solicitantes de asilo y decisiones relativas a las solicitudes de asilo en la Unión Europea (UE). El asilo es una modalidad de protección internacional otorgada por un Estado en su territorio. Se concede a una persona que no está en condiciones de obtener protección en su país de nacionalidad o de residencia, en particular por temor a ser perseguida por razones de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social particular u opinión política.


Full article


Número de solicitantes de asilo: descenso en 2017

Tras alcanzar su máximo en 1992 (672 000 solicitudes en la EU-15), año en que los Estados miembros de la UE recibieron multitud de solicitantes de asilo procedentes de la antigua Yugoslavia, y de nuevo en 2001 (424 000 solicitudes en la EU-27), el número de solicitudes de asilo dentro de la EU-27 cayó a menos de 200 000 en 2006.

Si nos centramos únicamente en las solicitudes de ciudadanos de terceros países (véase gráfico 1), hubo un incremento gradual en el número de solicitudes de asilo en la EU-27 y más tarde en la EU-28 hasta 2012, año tras el cual el número de solicitantes de asilo aumentó a un ritmo más rápido, con 431 000 solicitudes en 2013, 627 000 en 2014 y alrededor de 1,3 millones tanto en 2015 como en 2016. Por lo tanto, el número de solicitudes de asilo en la EU-28 en 2015 y 2016 dobló aproximadamente el número registrado en la EU-15 durante el anterior máximo relativo de 1992.

En 2017, casi 705 000 solicitantes de asilo solicitaron protección internacional en Estados miembros de la Unión Europea (UE). Esto representó algo más de la mitad de la cifra registrada en 2016, cuando se registraron casi 1,3 millones de solicitantes de asilo. Esta cifra es comparable al nivel registrado en 2014, antes de los picos de 2015 y 2016.

Gráfico 1: Solicitudes de asilo (de terceros países) en los 28 Estados miembros de la UE, 2006–2017
(miles)
Fuente: Eurostat (migr_asyctz) y (migr_asyappctza)

Nuevos solicitantes: 560 000 menos en 2017

Los nuevos solicitantes de asilo en la EU-28 [1] en 2017 fueron 650 000, 55 000 (alrededor de un 8 %) menos que el número total de solicitantes. Un nuevo solicitante de protección internacional es una persona que presenta una solicitud de asilo por primera vez en un determinado Estado miembro de la UE y, por lo tanto, excluye a los solicitantes que reiteran su solicitud (en dicho Estado miembro), de modo que refleja con más precisión el número de recién llegados que solicitan protección internacional en el Estado miembro declarante.

Esta última cifra supuso un descenso de 560 000 nuevos solicitantes en 2017 en toda la EU-28 con respecto al año anterior, puesto que el número de nuevos solicitantes cayó de 1,2 millones en 2015 a 650 000 en 2017. Esto se produjo tras una ligera disminución de 50 000 nuevos solicitantes entre 2015 y 2016. Las principales contribuciones a la disminución fueron cifras inferiores de solicitantes de Siria, Afganistán e Iraq, (véase el gráfico ).

Gráfico 2: Países de nacionalidad de los solicitantes de asilo (de terceros países) en los Estados miembros de la EU-28, 2016 y 2017
(miles de nuevos solicitantes)
Fuente: Eurostat (migr_asyappctza)

Nacionalidad de los nuevos solicitantes: la mayoría de Siria e Iraq

Siria fue el principal país de nacionalidad de los solicitantes de asilo en los Estados miembros de la UE en 2017, posición que ha mantenido año tras año desde 2013. En 2017, el número de nuevos solicitantes sirios en la EU-28 disminuyó hasta 102 000 respecto a los 335 000 en 2016, mientras que el porcentaje total de sirios en la EU-28 bajó del 27,8 % al 15,8 %. A pesar del descenso, Siria fue el principal país de origen en catorce Estados miembros de la UE.

Los iraquíes representaron el 7 % del número total de nuevos solicitantes de asilo y los afganos, el 7 %, mientras que los nigerianos y los paquistaníes representaron el 6 % y el 5 % respectivamente.

En 2017, los mayores aumentos relativos en comparación con 2016 entre los grupos de nacionalidad de los nuevos solicitantes de asilo en la EU-28 más numerosos se registraron para los nigerianos (proporción de hasta 2,2 puntos porcentuales), bangladesíes y guineanos (hasta 1,6 puntos porcentuales en cada uno de los grupos). También se produjo un crecimiento considerable en términos relativos en el número de solicitantes de Turquía, Venezuela, Costa de Marfil, así como Eritrea y Albania. En 2017, el principal descenso relativo en el número de solicitantes entre los países de origen de los solicitantes de asilo más comunes (excepto Siria) se registró para los afganos, iraquíes e iraníes [2].

Países de destino: los principales, Alemania, Italia y Francia

Con 198 000 solicitantes registrados en 2017, Alemania representó el 31 % de todos los nuevos solicitantes en la EU-28, seguida de Italia (127 000 o el 20 %), Francia (91 000 o el 14 %), Grecia (57 000 o el 9 %), Reino Unido (33 000 o el 5 %) y España (30 000 o el 5 %).

Entre los Estados miembros con más de 5 000 nuevos solicitantes de asilo en 2017, el número de solicitantes comparados en términos relativos con el año anterior experimentó el mayor crecimiento en España (+96 % o 15 000 nuevos solicitantes más en 2017 que en 2016), seguida de Francia (+19 % o 14 000 más), Grecia (+14 % o 7 000 más) e Italia (+4 %, o 5 000 más). En cambio, las mayores disminuciones relativas se registraron en Alemania (-73 % o 520 000 nuevos solicitantes de asilo menos en 2017 en comparación con 2016), Austria (-44 % o 18 000 menos), los Países Bajos (-17 % o 3 000 menos) y el Reino Unido (-15 % o 6 000 menos) (véase el gráfico 3).

Gráfico 3: Número de solicitantes de asilo (de terceros países) en la UE y la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), 2016 y 2017
(miles de nuevos solicitantes)
Fuente: Eurostat (migr_asyappctza)


La tabla 1 ofrece una visión de conjunto de los cinco mayores grupos de nuevos solicitantes de asilo (por nacionalidad) en cada uno de los Estados miembros de la UE. Los sirios representaron el mayor número de solicitantes en catorce de los veintiocho Estados miembros de la UE, con 49 000 solicitantes en Alemania (el mayor número de solicitantes procedentes de un mismo país en uno de los Estados miembros de la UE en 2017) y 16 000 en Grecia. Veintidós mil iraquíes solicitaron protección en Alemania y 8 000 en Grecia, mientras que se registraron 16 000 solicitantes afganos en Alemania y aproximadamente 7 000 en Grecia y Francia. Otros Estados miembros con un número elevado de solicitantes de la misma nacionalidad en 2017 fueron Italia, con 25 000 solicitantes de Nigeria y 12 000 solicitantes de Bangladés; Francia, con 11 000 solicitantes de Albania, y España, con 10 000 solicitantes de Venezuela.

Tabla 1: Las cinco principales nacionalidades de los solicitantes de asilo (de terceros países), 2017
(número de nuevos solicitantes, cifras redondeadas)
Fuente: Eurostat (migr_asyappctza)

Edad y género de los nuevos solicitantes

Más de cuatro de cada cinco (83 %) nuevos solicitantes de asilo en la EU-28 en 2017 tenían menos de 35 años (véase el gráfico 4); aquellos de entre 18 y 34 años representaron algo más de la mitad (51 %) del número total de solicitantes, mientras que casi un tercio (31 %) del número total de nuevos solicitantes eran menores de 18 años.

Esta distribución por edad de los solicitantes de asilo se repitió en casi todos los Estados miembros de la UE, siendo el grupo de edad de 18 a 34 años el más numeroso. No obstante, existen algunas excepciones a este patrón: Austria, Hungría, Polonia y Alemania notificaron una mayor proporción de solicitantes de asilo menores de 18 años (más del 45 %).

Gráfico 4: Distribución por edad de los nuevos solicitantes de asilo (de terceros países) en los Estados miembros de la UE y la AELC, 2017
(%)
Fuente: Eurostat (migr_asyappctza)

La distribución de los nuevos solicitantes de asilo por sexo muestra que hubo más hombres que mujeres que solicitaron asilo. Entre los grupos de edad más jóvenes (de 0 a 13 años), los varones representaron el 52 % del número total de solicitantes en 2017. Existe un mayor grado de desigualdad de género entre los solicitantes de asilo de los grupos de edad de 14 a 17 y de 18 a 34 años, en los que tres cuartas partes de nuevos solicitantes fueron varones, un porcentaje que desciende a tres quintas partes para el grupo de edad de 35-64 años. En toda la EU-28, en 2017 las mujeres solicitantes superaron en número a los solicitantes varonesen el caso de los solicitantes de asilo mayores de 65 años, si bien este grupo fue relativamente pequeño, ya que representó tan solo el 0,6 % del número total de nuevos solicitantes.

Gráfico 5: Proporción de nuevos solicitantes de asilo (de terceros países) varones en los Estados miembros de la EU-28, por grupo de edad, 2017
(%)
Fuente: Eurostat (migr_asyappctza)

Solicitudes de menores no acompañados

Un menor no acompañado es una persona menor de 18 años que llega al territorio de un Estado miembro de la UE sin estar acompañado por un adulto responsable del menor o un menor que deja de estar acompañado después de haber entrado en el territorio de un Estado miembro. En 2017 hubo 31 800 solicitudes en la EU-28 de menores no acompañados; el 13 % de todos los menores iban sin acompañar (véase el gráfico 6). Entre los menores que solicitaron asilo, la proporción de los que iban sin acompañar fue de menos de la mitad en todos los Estados miembros de la UE en 2017.

Gráfico 6: Distribución por estatus de los solicitantes de asilo (de terceros países) menores en los Estados miembros de la UE y la AELC, 2017
(%)
Fuente: Eurostat (migr_asyappctza) y (migr_asyunaa)

Decisiones en primera instancia sobre las solicitudes de asilo

Se dispone de datos relativos a las decisiones sobre las solicitudes de asilo para dos niveles, a saber, las decisiones en primera instancia y las decisiones finales dictadas en un procedimiento de recurso o revisión. Los veintiocho Estados miembros de la UE proporcionaron estatus de protección a 538 000 solicitantes de asilo en 2017, un descenso de casi el 25 % respecto a 2016.

En 2017, hubo casi 1 millón de decisiones en primera instancia en todos los Estados miembros de la UE, ligeramente por debajo de la cifra de 2016 (1,1 millones). La gran mayoría de las decisiones se tomaron, con diferencia, en Alemania (véase el gráfico 7), con más de la mitad (54 %) del total de decisiones tomadas en primera instancia en la EU-28 durante el 2017.

Gráfico 7: Número de decisiones en primera instancia y de decisiones finales sobre las solicitudes de asilo (de terceros países), 2017
(miles)
Fuente: Eurostat (migr_asydcfsta) y (migr_asydcfina)

El gráfico 8 ofrece un análisis de los resultados de las decisiones en primera instancia. Aunque el Derecho de la Unión define los conceptos de refugiado y estatuto de protección subsidiaria, las razones humanitarias son específicas de la legislación nacional y no son aplicables en ciertos Estados miembros de la UE.

En 2017, casi la mitad (46 %) [3] de las decisiones de asilo en primera instancia de la EU-28 han dado lugar a resultados positivos, es decir, conceden el estatuto de refugiado o de protección subsidiaria, o una autorización de residencia por razones humanitarias (véase el gráfico 8). En cuanto a las decisiones en primera instancia, alrededor del 23 % del total de decisiones positivas en la EU-28 en 2017 dieron lugar a la concesión del estatuto de refugiado.

Gráfico 8: Distribución de las decisiones en primera instancia sobre las solicitudes de asilo (de terceros países), 2017
(%)
Fuente: Eurostat (migr_asydcfsta)

En 2017, un total de 222 000 personas recibieron el estatuto de refugiado en primera instancia en la EU-28, 159 000 recibieron el estatuto de protección subsidiaria y 63 000 recibieron la autorización de residencia por razones humanitarias.

Los mayores porcentajes de decisiones de asilo positivas en primera instancia en 2017 se registraron en Irlanda (89 %), Lituania (78 %) y Letonia (74 %). En cambio, Chequia, Polonia y Francia registraron cada un porcentaje de rechazo en primera instancia de más del 70 %.

Decisiones finales sobre la base de un procedimiento de recurso

El porcentaje de decisiones finales positivas sobre la base de un procedimiento de recurso o revisión (36 %; véase el gráfico 9) fue considerablemente inferior en la EU-28 en 2017 con respecto a las decisiones en primera instancia (45 %; véase el gráfico 8). En 2017, alrededor de 95 200 personas en la EU-28 recibieron decisiones finales positivas sobre la base de un procedimiento de recurso o revisión. De ellas, 49 600 obtuvieron el estatuto de refugiado, 31 100 recibieron protección subsidiaria y otros 14 600 obtuvieron protección humanitaria.

Gráfico 9: Distribución de las decisiones finales sobre las solicitudes de asilo (de terceros países), 2017
(%)
Fuente: Eurostat (migr_asydcfina)

Solo en cuatro Estados miembros de la UE más de la mitad de las decisiones finales de asilo en 2017 fueron positivas: Finlandia (65 %), los Países Bajos (59 %), el Reino Unido (57 %) y Austria (56 %).

Los porcentajes más elevados de rechazos finales se registraron en Eslovaquia, Eslovenia y Estonia, donde todas las decisiones finales fueron negativas.

Datos para las tablas y los gráficos

Fuentes de datos

El Eurostat elabora estadísticas sobre una serie de cuestiones relacionadas con la migración internacional. Entre 1986 y 2007, los datos en materia de asilo se recogían sobre la base de un pacto entre caballeros. Desde 2008 los datos se facilitan a Eurostat con arreglo a las disposiciones del Artículo 4 del Reglamento (CE) n.º 862/2007; la mayor parte de las estadísticas presentadas en este artículo se recogieron dentro de este marco normativo.

Los datos se proporcionan a Eurostat mensualmente (para las estadísticas de solicitud de asilo), trimestralmente (para las decisiones en primera instancia) o anualmente (para las decisiones finales sobre la base de un procedimiento de recurso o revisión, los reasentamientos y los menores no acompañados). Las estadísticas se basan en fuentes administrativas y son suministradas a Eurostat por autoridades estadísticas, ministerios del interior o agencias de inmigración relacionadas de los Estados miembros de la UE.

Al analizar las estadísticas de asilo, se deberían tener en cuenta dos categorías distintas de personas. La primera incluye a los solicitantes de asilo que hayan presentado una solicitud (solicitud de asilo) que está siendo examinada por una autoridad competente. La segunda categoría se compone de personas que han obtenido, tras analizar el caso, la consideración de refugiados, o han obtenido algún otro tipo de protección internacional (protección subsidiaria), u obtuvieron protección sobre la base de la legislación nacional relativa a la protección internacional (autorizaciones de residencia por razones humanitarias ), o no se les concedió ningún tipo de protección.

Desde la entrada en vigor del Reglamento (CE) n.º 862/2007, están disponibles las estadísticas sobre las decisiones de asilo correspondientes a distintas etapas del procedimiento de asilo. Las decisiones en primera instancia son decisiones concedidas por la autoridad correspondiente que actúa como primera instancia administrativa o judicial del procedimiento de asilo en el país receptor. En cambio, las decisiones finales en un procedimiento de recurso o revisión se refieren a las decisiones que se conceden en la última instancia del procedimiento administrativo/judicial de asilo y que resultan de un recurso presentado por un solicitante de asilo rechazado en la fase anterior. Dado que los procedimientos de asilo y el número/niveles de los órganos de decisión difieren entre los Estados miembros de la UE, puede que, con arreglo a la legislación y los procedimientos administrativos nacionales, una decisión final recaiga sobre la más alta instancia jurisdiccional nacional. Sin embargo, la metodología aplicada determina que las decisiones finales deberían hacer referencia a lo que es efectivamente una decisión final en la gran mayoría de los casos: en otras palabras, una vez que todas las vías de recurso se han agotado y no hay posibilidad de recurso en cuanto al fondo de la decisión, sino solo por cuestiones de procedimiento.

Contexto

Durante más de sesenta años, la Convención de Ginebra de 1951 sobre el estatuto de los refugiados (modificada por el Protocolo de Nueva York de 1967) ha definido quién es una persona refugiada y ha establecido un enfoque común respecto a los refugiados, que ha sido una de las piedras angulares para el desarrollo de un sistema común de asilo dentro de la UE. Desde 1999, la UE ha trabajado en pro de la creación de un régimen de asilo europeo común de conformidad con la Convención de Ginebra y otros instrumentos internacionales aplicables.

Jefes de Estado y de gobierno adoptaron el programa de La Haya el 5 de noviembre de 2004. En él se expone la idea de un Sistema Europeo Común de Asilo (SECA) European asylum system (en inglés); en particular, plantea el reto de establecer procedimientos comunes y un estatuto uniforme para las personas a las que se conceda asilo o protección subsidiaria. El plan de política de asilo de la Comisión Europea [1] (COM(2008) 360 final) se presentó en junio de 2008 y proponía tres vertientes para apoyar el desarrollo del SECA:

  • normas de protección más armonizadas mediante una mayor adaptación de la legislación de los Estados miembros en materia de asilo;
  • una cooperación práctica efectiva y con el apoyo necesario;
  • un mayor grado de solidaridad y responsabilidad entre los Estados miembros, así como entre la UE y terceros países.

Con esta perspectiva, en 2009 la Comisión Europea presentó una propuesta para crear una Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) European Asylum Support Office (EASO) (en inglés). La EASO respalda a los Estados miembros de la UE en sus esfuerzos encaminados a poner en práctica una política de asilo más justa y coherente. También presta asistencia técnica y operativa a los Estados miembros sometidos a una presión especial (en otras palabras, aquellos Estados miembros que reciben un gran número de solicitantes de asilo). La EASO pasó a ser plenamente operativa en junio de 2011 y ha trabajado para aumentar su capacidad, actividad e influencia, en colaboración con la Comisión Europea y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).

En mayo de 2010, la Comisión Europea presentó un plan de acción sobre los menores no acompañados [COM(2010) 213 final], que son las víctimas más expuestas y vulnerables de la migración. Este plan tiene por objeto crear una estrategia coordinada y compromete a todos los Estados miembros de la UE a garantizar unas normas rigurosas en materia de recepción, protección e integración de menores no acompañados. Como complemento a este plan de acción, la Red Europea de Migración (en inglés) ha elaborado un completo estudio sobre las políticas de recepción, así como los mecanismos de integración para menores no acompañados (en inglés).

Se han desarrollado una serie de directivas en este ámbito. Los cuatro principales instrumentos jurídicos en materia de asilo —que son actualmente objeto de propuestas de sustitución o de refundición— son:

  • la Directiva 2011/95/UE por la que se establecen normas relativas a los requisitos para el reconocimiento de nacionales de terceros países o apátridas como beneficiarios de protección internacional, a un estatuto uniforme para los refugiados o para las personas con derecho a protección subsidiaria;
  • la Directiva 2013/32/UE sobre procedimientos comunes para la concesión o la retirada de la protección internacional;
  • la Directiva 2013/33/UE por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional;
  • el Reglamento de Dublín (UE) n.º 604/2013 por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país (nacional de un país no miembro) o un apátrida.

La crisis migratoria durante gran parte de 2015 y 2016 hizo que la Comisión Europea anunciara propuestas (en inglés) para un instrumento de ayuda de emergencia dentro de la UE. En el plan se asignan alrededor de 700 millones EUR en ayudas (a lo largo de un período de tres años) para evitar una crisis humanitaria y poder proporcionar de una forma más rápida alimentos, cobijo y asistencia sanitaria a los refugiados, tal como se exige en la UE.

En abril de 2016, la Comisión Europea adoptó una Comunicación [COM(2016) 197 final] por la que se iniciaba un proceso de reforma del Sistema Europeo Común de Asilo (SECA). Dicho proceso incluía opciones para un sistema justo y sostenible de asignación de las solicitudes de asilo entre los Estados miembros de la UE, una mayor armonización de los procedimientos y las normas de asilo para lograr unas condiciones equitativas en toda la UE y así reducir los factores de atracción que inducen a movimientos secundarios injustificados, y un refuerzo del mandato de la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO).

En mayo de 2016, la Comisión Europea presentó un paquete de medidas, que incluía propuestas para establecer un sistema de Dublín sostenible y justo [COM(2016) 270 final], reforzar el sistema Eurodac [COM(2016) 272 final] y establecer una Agencia de Asilo de la Unión Europea [COM(2016) 271 final].

En julio de 2016, la Comisión Europea presentó un segundo paquete de propuestas relacionadas con la reforma del SECA, por ejemplo para establecer un marco de reasentamiento para la UE [COM(2016) 468 final] y un procedimiento común para la protección internacional [COM(2016) 467 final], así como una refundición de la legislación sobre las normas para la recepción de solicitantes de protección internacional [COM(2016) 465 final].

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Asylum and first time asylum applicants - monthly data (rounded) (tps00189) (en inglés)
Persons subject of asylum applications pending at the end of the month - monthly data (tps00190) (en inglés)
Asylum and first time asylum applicants - annual aggregated data (rounded) (tps00191) (en inglés)
First instance decisions on asylum applications by type of decision - annual aggregated data (tps00192) (en inglés)
Final decisions on asylum applications - annual data (tps00193) (en inglés)
Asylum applicants considered to be unaccompanied minors - annual data (tps00194) (en inglés)


Asilo y estadísticas de Dublín (migr_asy)
Solicitudes (migr_asyapp)
Decisiones sobre solicitudes y reasentamiento (migr_asydec)
Estadísticas «de Dublín» (migr_dub)


Notas

  1. El total de la UE se calcula como una agregación de los datos de los Estados miembros. Los datos de los Estados miembros se refieren al número de personas que solicitan asilo por primera vez en ese Estado miembro. Sin embargo, las personas pueden solicitar protección internacional en más de un Estado miembro en un determinado año de referencia. En consecuencia, es posible que el total de la UE incluya tales solicitudes múltiples. Sobre la base de una estimación hecha con las últimas estadísticas de Dublín disponibles, alrededor del 6 % de los solicitantes de asilo en la UE han solicitado asilo en más de un Estado miembro de la UE durante el mismo año.
  2. . A los efectos del presente análisis, solo se tuvieron en cuenta los treinta primeros países de origen en términos del número de solicitantes de asilo.
  3. Desde el año de referencia 2014, los solicitantes de asilo rechazados sobre la base de que otro Estado miembro había aceptado la responsabilidad de examinar su solicitud de asilo con arreglo al Reglamento de «Dublín» n.º 604/2013 no se incluyen en los datos sobre las decisiones negativas, lo cual ha reducido el número de rechazos. En consecuencia, se estima que la proporción de decisiones positivas en el número total de decisiones en primera instancia ha aumentado aproximadamente 5 puntos porcentuales.