Nota orientativa para el COCOF sobre el tratamiento de la ayuda retroactiva de la UE durante el período 2007-2013
Se denomina ayuda retroactiva a la adjudicación, por parte de una autoridad de gestión, de ayuda de la UE a una operación por la que ya se han efectuado gastos de fuentes nacionales o que se ha ejecutado antes de haberse solicitado o concedido formalmente ayuda de la UE (en lo sucesivo, la «ayuda retroactiva de la UE»).