A todos los usuarios
Estamos preparando una nueva versión de nuestro portal para facilitar la búsqueda de información a quienes deseen ejercer sus derechos en la UE. Por ello, es posible que el contenido de estas páginas ya no esté al día. Si desean informarse sobre sus derechos, les aconsejamos que durante esta fase de transición dirijan sus preguntas a Europe Direct.
Cómo hacer valer sus derechos (Unión Europea)
- INTRODUCCIÓN
- UNAS PALABRAS SOBRE EL DERECHO EUROPEO
- ¿CÓMO PUEDE ASESORARSE SOBRE SUS DERECHOS EUROPEOS?
- REPARACIÓN A NIVEL NACIONAL
- REPARACIÓN A NIVEL EUROPEO
Comienzo
INTRODUCCIÓN
¿Qué puede hacer Vd. si…
…tardan demasiado en reconocerle su titulación?
…no le aceptan el certificado que garantiza la conformidad de su producto con las normas de la UE?
¿A quién debe recurrir si necesita hacer valer sus derechos?
La Unión Europea (UE) y su mercado único ofrecen una gran variedad de derechos y oportunidades a los ciudadanos y a las empresas. Los ciudadanos pueden vivir, trabajar, estudiar y adquirir bienes y servicios en cualquiera de los veinticinco Estados miembros, y las empresas pueden producir, vender y prestar sus servicios en toda la Unión. Estos son algunos de sus «derechos en el mercado único», basados en el principio de no discriminación.
Sin embargo, si encuentra dificultades para hacer valer sus derechos en el mercado único, es necesario que sepa a quién recurrir en busca de asistencia e información y cómo obtener reparación. Debe saber no sólo que existen las normas por las que se establece el mercado único, sino también que los derechos que generan se ejercen de manera efectiva.
¿Qué pasos pueden dar los ciudadanos y las empresas en caso de dificultades al hacer valer los derechos que les confiere el mercado único? ¿Qué medidas pueden tomarse para garantizar el debido reconocimiento de estos derechos?
Si Vd. necesita actuar en defensa de sus derechos, la presente Guía le explica las diversas vías de recurso y cómo utilizarlas en su país y en la UE.
ComienzoUNAS PALABRAS SOBRE EL DERECHO EUROPEO
Comienzo¿CÓMO FUNCIONA EL DERECHO EUROPEO?
El Derecho europeo confiere derechos e impone obligaciones no sólo a los Estados miembros; algunas de sus normas afectan directamente a los ciudadanos y las empresas. Los Estados miembros son los primeros responsables de aplicar correctamente estas normas. De esta manera, el Derecho europeo y, consiguientemente, las normas por las que se establece el mercado único se han convertido en una parte integrante del ordenamiento jurídico de los Estados miembros. Por lo tanto, Vd. tiene derecho a esperar que las autoridades nacionales de la Unión Europea apliquen correctamente sus derechos europeos.
El Derecho europeo no solamente afecta a las relaciones de los ciudadanos y las empresas con las autoridades nacionales; en áreas específicas, como determinados aspectos de la protección de los consumidores, también afecta a la relación entre particulares y empresas (véase el capítulo de esta Guía «Vías de reparación como consumidor»).
Para proteger sus derechos, Vd. debe poder reivindicarlos en la práctica ante las autoridades competentes. En el caso de los derechos europeos, sin embargo, puede que no siempre esté claro por dónde empezar.
Comienzo¿QUÉ CONTEMPLA EL DERECHO EUROPEO?
A quién dirigirse depende en gran parte de la naturaleza del problema. Es muy importante estar seguro de que el problema entra en el ámbito de aplicación del Derecho europeo. Si tiene alguna duda, puede consultar a EUROPE DIRECT marcando el número de teléfono gratuito 0080 6 7 8 9 10 111.
Si no existen normas a nivel europeo que aborden su problema, por ejemplo si se trata del derecho a heredar bienes, deberá actuar sobre la base de las normas nacionales y dentro del ordenamiento jurídico nacional. Para determinar si su problema tiene dimensión europea, puede informarse en las diversas fuentes que se indican al final de esta Guía.
Si su problema se refiere al ejercicio de derechos europeos como los que le confiere el mercado único, puede dirigirse tanto a instancias nacionales como europeas. Debería utilizar las vías de recurso más eficaces. Dichas vías suelen ser procedimientos nacionales, porque, tal como se explica en esta Guía, a menudo constituyen la forma más rápida de solucionar su problema y le permiten reclamar una indemnización.
Las vías de recurso que se describen a continuación pueden ser utilizadas por igual por los ciudadanos y las empresas. Las empresas pueden encontrar más información sobre vías específicas de recurso en el portal Tu Europa (http://europa.eu/youreurope/), que proporciona a las empresas información y asesoramiento específicos sobre normas y oportunidades del mercado único.
Comienzo¿CÓMO PUEDE ASESORARSE SOBRE SUS DERECHOS EUROPEOS?
ComienzoEL SERVICIO DE ORIENTACIÓN A LOS CIUDADANOS: UN ASESORAMIENTO PERSONALIZADO Y PRÁCTICO PARA LOS CIUDADANOS DE LA UNIÓN EUROPEA
¿QUÉ ES EL SERVICIO DE ORIENTACIÓN A LOS CIUDADANOS?
Cuando se enfrente a problemas concretos que entren dentro del ámbito de aplicación del Derecho europeo, es posible que no esté seguro del alcance de sus derechos como ciudadano de la Unión Europea o que tenga dificultades para ejercerlos. En tal caso, puede Vd. solicitar asesoramiento personalizado y práctico al Servicio de orientación a los ciudadanos, un servicio gratuito organizado por la Comisión Europea para responder las preguntas de los ciudadanos sobre problemas transfronterizos.
Juristas independientes que cubren todos los Estados miembros de la Unión Europea se encargan de prestar este servicio. Los juristas del Servicio de orientación a los ciudadanos aclaran qué legislación europea y nacional es aplicable; indican a los ciudadanos qué autoridad u organismo puede ayudarlos a resolver sus problemas y les explican cómo pueden lograr que se reconozcan sus derechos y obtener reparación. Responden en todas las lenguas oficiales de la UE.
¿EN QUÉ CASOS PUEDE AYUDAR EL SERVICIO DE ORIENTACIÓN A LOS CIUDADANOS?
El Servicio de orientación a los ciudadanos aborda toda la gama de problemas transfronterizos en los ámbitos de la libre circulación de los trabajadores y la libre circulación de los ciudadanos (viajar, vivir, estudiar y trabajar en otro país de la UE): empleo, establecimiento por cuenta propia, seguridad social, permisos de conducir, matriculación de vehículos de motor, derecho de residencia y procedimientos de entrada en un país de la UE, reconocimiento de cualificaciones profesionales, derechos de los pasajeros aéreos, derechos de los ciudadanos de los países candidatos, libre circulación de capitales y prestación de servicios transfronterizos. También aborda cuestiones relativas a los consumidores.
¿CÓMO PUEDE PONERSE EN CONTACTO CON EL SERVICIO DE ORIENTACIÓN A LOS CIUDADANOS?
Se puede acceder fácilmente al Servicio de orientación a los ciudadanos a través del sitio web (http://ec.europa.eu/citizensrights/) o poniéndose en contacto con EUROPE DIRECT a través del número de teléfono gratuito 00800 6 7 8 9 10 112, que podrá transmitir su pregunta a los juristas. La respuesta se dará por teléfono o por correo electrónico, conforme a lo solicitado por el ciudadano.
Se responderá en un plazo de tres días laborables.
Para más información sobre el Servicio de orientación a los ciudadanos, consúltese el sitio web siguiente: http://ec.europa.eu/citizensrights/.
ComienzoLAS EUROVENTANILLAS: INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO A LAS EMPRESAS
Las Euroventanillas informan, asesoran y ayudan a las empresas sobre cuestiones comunitarias. Se refieren a gran variedad de cuestiones, como la cooperación empresarial, los programas de la Comisión, la financiación y las cuestiones generales relativas a la UE. Las Euroventanillas tienen acceso directo a la Comisión Europea y reciben el apoyo de un equipo de expertos de Bruselas que las ayudan a responder las preguntas más complicadas. También se facilita información a las empresas mediante actividades de sensibilización (participación en ferias, organización de seminarios, conferencias, talleres, etc.) y varias publicaciones en las lenguas locales (guías, boletines, sitios web, etc.).
Las Euroventanillas realizan un papel de asesoramiento en una gran variedad de sectores empresariales. Poseen conocimientos especializados en ámbitos de particular interés para las empresas, como: contratación pública, cooperación empresarial, financiación, estudios de mercado y legislación europea. En coordinación con los especialistas de las propias empresas, las Euroventanillas ayudan a éstas a presentar solicitudes sobre proyectos de la Comisión y a realizar trámites administrativos.
Las Euroventanillas asesoran a las empresas sobre las oportunidades que ofrecen los programas de la Comisión, así como sobre la legislación comunitaria vigente y propuesta.
Podrá obtener más información sobre los servicios que ofrecen las Euroventanillas en la dirección siguiente: http://ec.europa.eu/enterprise/networks/eic/eic.html.
ComienzoREPARACIÓN A NIVEL NACIONAL
Dado que los Estados miembros son los responsables de aplicar el Derecho europeo, lo primero que tiene que hacer si, como ciudadano o empresa, encuentra algún problema al ejercer sus derechos del mercado único, es dirigirse a las autoridades nacionales competentes.
ComienzoADMINISTRACIONES LOCALES, REGIONALES Y NACIONALES
Si tiene alguna dificultad con las administraciones locales, regionales o nacionales y considera que han interpretado o aplicado mal sus derechos en el mercado único, debe dirigirse en primer lugar a la autoridad competente y estudiar todas las vías de reparación posibles a través de los procedimientos nacionales.
Puede resultar útil alegar las normas europeas concretas que, a su juicio, fundamentan sus derechos, ya que es posible que la administración no se haya percatado de que el Derecho europeo es aplicable a su situación. Cerciórese de que se ha informado bien sobre sus derechos. La información disponible en el portal «Tu Europa» le será útil a este respecto.
Si discrepa de una decisión tomada por una autoridad administrativa, puede ser necesario presentar una reclamación formal. Por ello, es muy importante que conozca los distintos plazos y normas de procedimiento que deberá respetar para estar seguro de que su reclamación es admitida a trámite por la autoridad nacional competente. De lo contrario, es probable que pierda sus derechos en el ámbito nacional.
Asimismo, esto debería garantizarle que, en caso necesario, podrá emprender otras acciones. Por ejemplo, en el ámbito de la seguridad social, no puede llevarse el caso ante los tribunales hasta haber agotado previamente todas las vías de recurso ante las instancias competentes de seguridad social.
Existen también organizaciones y asociaciones profesionales que defienden los intereses de los ciudadanos, por ejemplo en el ámbito de la libre circulación de las personas. Estas organizaciones pueden ayudar actuando como intermediarias entre particulares y la administración agrupando todas las reclamaciones dirigidas a ellas para alertar de un problema a las autoridades competentes y ayudarle a obtener reparación.
La ventaja de recurrir ante las autoridades nacionales es que tienen la facultad de revisar las decisiones que le afecten. Muchos problemas pueden resolverse rápidamente en las instancias locales, regionales o nacionales y con efecto inmediato sobre sus circunstancias particulares. En función de la normativa nacional del Estado miembro de que se trate, puede ser posible presentar la reclamación en la lengua comunitaria de su elección.
ComienzoOTRAS FORMAS DE OBTENER REPARACIÓN
Cada Estado miembro dispone de sus propios procedimientos extrajudiciales para resolver litigios entre los ciudadanos y la administración. Éstos incluyen, por ejemplo, el Defensor del Pueblo nacional, las Comisiones nacionales de peticiones y diversos procedimientos de conciliación. Las funciones y estructuras difieren considerablemente de un Estado miembro a otro.
Puesto que el Derecho europeo es parte del ordenamiento jurídico nacional, su aplicación por las autoridades nacionales también pueden supervisarla los Defensores del Pueblo nacionales u organismos similares. Por ejemplo, si Vd. no está satisfecho de los resultados de sus contactos con una administración, tendrá la posibilidad de dirigirse al Defensor del Pueblo correspondiente de ámbito regional, local o nacional.
Para obtener más información sobre los Defensores del Pueblo nacionales, las posibilidades de formular una petición a nivel nacional u otros procedimientos de conciliación, véanse las Fichas nacionales sobre procedimientos extrajudiciales que están disponibles en el portal Tu Europa.
ComienzoRECURSO A LOS TRIBUNALES NACIONALES
EL PAPEL DE LOS TRIBUNALES NACIONALES EN LA APLICACIÓN DEL DERECHO EUROPEO
Si, a pesar de las diversas medidas que ha tomado, Vd. considera que no se han respetado sus derechos del mercado único, puede recurrir a los órganos jurisdiccionales nacionales. Aunque las autoridades nacionales son responsables en primera instancia de la correcta aplicación del Derecho europeo, los tribunales nacionales deben asegurarse de que realmente lo hacen. Dichos tribunales tienen un papel fundamental como garantes de que los derechos individuales que se derivan del Derecho europeo son respetados por las autoridades en sus Estados miembros.
¿QUÉ PUEDE ESPERAR VD. DE LOS PROCEDIMIENTOS ANTE LOS TRIBUNALES NACIONALES?
La ventaja de recurrir a los tribunales nacionales es que pueden revocar una decisión tomada por una administración nacional que le afecte. Vd. puede también obtener una orden judicial para la suspensión inmediata del acto impugnado. Además, si Vd. ha sufrido un perjuicio económico por la aplicación incorrecta del Derecho europeo por parte de las autoridades nacionales, puede reclamar una compensación financiera. Es decir, en algunas circunstancias (por ejemplo, cuando las autoridades nacionales no aplican una medida europea que confiere derechos directos a individuos) puede también interponer una demanda por daños y perjuicios. Tales daños sólo pueden repararse a nivel nacional. No existe ningún procedimiento jurídico a nivel europeo a través del cual pueda reclamar por los daños ocasionados por otros ciudadanos, empresas o autoridades nacionales.
Para obtener más información sobre asuntos tales como a qué tribunal dirigirse o si es necesario que le represente un abogado, consulte las Fichas nacionales sobre procedimientos extrajudiciales que están disponibles en el portal Tu Europa.
INTERPRETACIÓN DE CUESTIONES JURÍDICAS POR EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS
Antes de decidir sobre un caso de Derecho europeo, los órganos jurisdiccionales nacionales pueden, y en algunos casos deben, remitir el asunto al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) de Luxemburgo por si es necesario aclarar algún aspecto del Derecho europeo. Se ha creado un sistema de «cuestiones prejudiciales» para garantizar que el Derecho europeo se interprete y se aplique uniformemente en toda la Unión.
¿CÓMO PUEDE RECURRIR A ESTE PROCEDIMIENTO?
Vd. puede indicar al órgano jurisdiccional nacional la posibilidad de remitir un asunto al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. Las normas procesales nacionales varían de un país a otro. En algunos Estados miembros, sólo las partes pueden pedir al juez que lo haga, mientras que, en otros, los propios jueces pueden iniciar dicho procedimiento. En caso de que se plantee una cuestión de este tipo en un asunto pendiente ante un órgano jurisdiccional nacional contra cuyas decisiones no exista recurso jurídico en virtud del Derecho nacional, dicho órgano estará obligado a someter el asunto al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.
¿QUÉ PUEDE ESPERAR VD. DE LAS CUESTIONES PREJUDICIALES?
El Tribunal de Justicia aclara todo lo referente a la interpretación del Derecho comunitario. Aunque el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas establece cuál es el Derecho europeo aplicable, no puede decidir el resultado de un caso concreto. La decisión final sobre el litigio la toman siempre los órganos jurisdiccionales nacionales, que deben respetar el Derecho europeo según la interpretación del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. Sin embargo, este procedimiento podría ampliar notablemente el plazo normal de procedimiento ante el órgano jurisdiccional nacional. Las decisiones interpretativas del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas también sirven de precedente para los órganos jurisdiccionales nacionales a los que se someta un problema sustancialmente similar.
Por ejemplo: Una empresa abre una sucursal en otro Estado miembro. Las autoridades locales de ese Estado miembro se niegan a registrar la sucursal de la empresa porque el Derecho nacional exige que su director resida en el país. La empresa entabla un pleito ante un tribunal administrativo de dicho país. El tribunal administrativo somete el asunto al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y pregunta si tal requisito es compatible con el Derecho europeo. El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas decide que obligar al director de una empresa a residir en ese país es una violación del derecho de establecimiento en la UE. Sobre la base de esta sentencia, el tribunal administrativo nacional falla entonces a favor de la empresa, que puede así operar en el país sin tener un director que resida allí.
ComienzoASISTENCIA JURÍDICA
Al intentar hacer valer sus derechos es posible que necesite información y asesoramiento legal profesional o un abogado que le represente ante los tribunales. Normalmente, tendrá que pagar por estos servicios; sin embargo, de conformidad con los diversos sistemas nacionales, puede tener derecho a servicios jurídicos gratuitos o a coste reducido. Los modelos de asistencia jurídica varían enormemente de un Estado miembro a otro.
Para obtener más información sobre los sistemas nacionales de asistencia jurídica y cómo solicitarla, véanse las Fichas nacionales correspondientes que están disponibles en el portal Tu Europa.
ComienzoREPARACIÓN A NIVEL EUROPEO
ComienzoSOLVIT – UNA RED DE RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS RÁPIDA Y EFICAZ
¿QUÉ ES SOLVIT?
SOLVIT es una red de resolución de problemas en línea en la que los Estados miembros de la UE trabajan en colaboración para resolver de manera pragmática los problemas de los ciudadanos o las empresas que provoca la aplicación incorrecta de la legislación relativa al mercado interior por parte de autoridades públicas. En cada Estado miembro de la Unión Europea (así como en Noruega, Islandia y Liechtenstein) hay un centro SOLVIT. Los centros SOLVIT forman parte de las administraciones nacionales y están comprometidos a aportar soluciones reales a problemas reales en el breve plazo de diez semanas. Los servicios que prestan son gratuitos.
¿EN QUÉ CASOS PUEDE AYUDAR SOLVIT?
SOLVIT se ocupa, en principio, de cualquier problema transfronterizo entre una empresa o un ciudadano y una autoridad pública nacional que consista en la posible aplicación incorrecta del Derecho de la UE. Los ámbitos políticos que ha abordado fundamentalmente SOLVIT hasta el momento son el reconocimiento de cualificaciones profesionales y títulos, el acceso a la educación, los permisos de residencia, los derechos de voto, la seguridad social, los derechos laborales, los permisos de conducir, la matriculación de vehículos de motor, los controles fronterizos, el acceso de los productos al mercado, el acceso de los servicios al mercado, el establecimiento como trabajador por cuenta propia, la contratación pública, la fiscalidad, la libre circulación de capitales y los pagos. Esta lista no es exhaustiva. SOLVIT estudiará todos los casos que respondan a los criterios expuestos.
No obstante, dado que SOLVIT ofrece un planteamiento informal de la resolución de problemas, no debe utilizarse en situaciones en las que ya están en marcha procedimientos judiciales. Por otra parte, SOLVIT no aborda problemas entre empresas ni problemas entre consumidores y empresas.
¿CÓMO TRABAJA SOLVIT?
Dos centros SOLVIT trabajan juntos para solucionar el problema: su centro SOLVIT local (denominado «centro SOLVIT de origen»), al que presentará su caso, y el centro SOLVIT del Estado miembro en el que se ha producido el problema (denominado «centro SOLVIT responsable»). Su centro SOLVIT de origen le mantiene informado de los avances y de la solución propuesta.
El plazo para hallar una solución al problema es de diez semanas, un plazo bastante más corto que el necesario para tratar una reclamación formal ante la Comisión. No obstante, en caso de que no se resuelva un problema o de que considere que la solución propuesta es inaceptable, aún puede emprender una acción judicial ante un tribunal nacional o presentar ante la Comisión Europea una reclamación formal.
¿CÓMO PUEDE PRESENTAR SU CASO?
Puede exponer su problema en el centro SOLVIT de su país por teléfono, fax, correo electrónico o mediante el formulario de presentación en línea. Para obtener la información de contacto, consulte el sitio web de SOLVIT: europa.eu/solvit.
Tenga en cuenta que la presentación de su problema a SOLVIT no interfiere en los plazos del Derecho nacional que deba respetar para mantener sus derechos (por ejemplo, derecho de recurso contra una decisión administrativa).
Para obtener más información sobre los plazos para los procedimientos administrativos, véanse las Fichas nacionales correspondientes que están disponibles en el portal Tu Europa.
ComienzoRECLAMACIONES A LA COMISIÓN EUROPEA
EL PAPEL DE LA COMISIÓN EUROPEA Y EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS EN LA APLICACIÓN DEL DERECHO EUROPEO
En virtud del Tratado CE, la Comisión Europea debe velar por la correcta aplicación del Derecho europeo en los Estados miembros. La Comisión detecta las posibles infracciones del Derecho europeo por parte de los Estados miembros a través de su propia labor de vigilancia de la aplicación del Derecho europeo o de las reclamaciones que recibe. Si es necesario, la Comisión recuerda a los Estados miembros sus responsabilidades a la hora de aplicar puntual y debidamente el Derecho europeo.
Si la Comisión considera que puede existir una violación del Derecho europeo, se invitará al Estado miembro correspondiente a presentar sus observaciones sobre las conclusiones de la Comisión una vez que haya sido informado formalmente de la supuesta infracción. Según la respuesta del Estado miembro o a falta de ésta, y si la Comisión continúa considerando que existe una infracción del Derecho europeo, la Comisión puede decidir enviar un «dictamen motivado» al Estado miembro afectado en el que expondrá claramente los fundamentos de la supuesta infracción e invitará al Estado miembro a cumplir el Derecho europeo dentro de un plazo determinado.
Este procedimiento proporciona un marco de diálogo con el Estado miembro en cuestión. El objetivo de este diálogo es determinar si se ha producido de hecho una violación del Derecho europeo y que cualquier infracción se resuelva o se remedie en esta fase sin necesidad de entablar un litigio ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. La mayor parte de los casos se resuelven de esta manera.
En algunos casos, si un Estado miembro incumple estas obligaciones, la Comisión puede emprender una acción judicial ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, que decidirá si efectivamente se ha infringido el Derecho europeo. En estos casos, las decisiones se dirigirán a los Estados miembros. Si se considera que un Estado miembro ha violado el Derecho europeo, se le instará a tomar todas las medidas necesarias para poner fin a la infracción. Si el Estado miembro no lo hace, la Comisión podrá recurrir de nuevo al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y solicitar la imposición de una multa que deberá pagar el Estado miembro hasta que ponga fin a la infracción.
Las resoluciones del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas son diferentes de las emitidas por los órganos jurisdiccionales nacionales: no afectarán directamente a sus derechos individuales, aunque Vd. haya iniciado los trámites de reclamación ante la Comisión. Las sentencias del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas como tales no pueden anular las decisiones tomadas por las autoridades nacionales ni concederle a Vd. directamente una indemnización por daños y perjuicios. Sin embargo, una vez que el procedimiento ha prosperado, estas sentencias son jurídicamente vinculantes y pueden ser invocadas ante cualquier tribunal administrativo nacional, no sólo por el denunciante, sino por cualquier ciudadano o empresa.
Es inevitable que estos trámites jurídicos formales en los que participan las instituciones europeas y los gobiernos de los Estados miembros lleven un tiempo considerable. A menudo, el Estado miembro que ha infringido el Derecho europeo tiene incluso que modificar su legislación para cumplir con las obligaciones que impone el Derecho europeo.
¿QUIÉN PUEDE PRESENTAR UNA RECLAMACIÓN ANTE LA COMISIÓN EUROPEA? ¿CUÁLES SON LOS TRÁMITES?
Cualquier persona o empresa puede presentar una reclamación a la Comisión por una supuesta violación del Derecho europeo por parte de un Estado miembro y no es necesario que demuestre que la infracción denunciada le afecta directamente. No obstante, la Comisión no puede resolver los litigios entre particulares en este contexto.
Las reclamaciones se presentan gratuitamente y no se precisa la ayuda de un abogado. Al reclamar, no olvide adjuntar toda la información y la documentación oportunas (por ejemplo, las normas nacionales en cuestión).
A menos que su reclamación carezca claramente de fundamento, los servicios de la Comisión analizarán los hechos y las cuestiones de derecho pertinentes. La Comisión tiene que decidir, en el plazo de un año, si admite su reclamación a trámite. Como denunciante, Vd. no será parte en el procedimiento; por tanto, no podrá interponer recurso contra la decisión de la Comisión o contra el hecho de que ésta no haya tomado ninguna decisión. Por otra parte, no tendrá derecho a ser oído.
Se le mantendrá informado de todas las decisiones importantes referentes a su reclamación. Si la Comisión tiene previsto cerrar el caso, se le informará previamente de los motivos y se le brindará la oportunidad de aportar datos nuevos relacionados con la reclamación. Toda la correspondencia que se le envíe irá redactada en la lengua oficial de la UE que Vd. elija.
Podrá encontrar más información sobre los trámites y sobre sus derechos en la dirección siguiente: http://ec.europa.eu/secretariat_general/sgb/lexcomm/index_en.htm
ENVÍO DE UNA RECLAMACIÓN
Puede presentar una reclamación a la Comisión:
- por escrito a la siguiente dirección: Comisión de las Comunidades Europeas (a la atención del Secretario General) 200, Rue de la Loi Bruselas B-1049;
- utilizando el modelo de formulario disponible previa solicitud en las oficinas de la Comisión de los Estados miembros y en Internet (http://ec.europa.eu/community_law/your_rights/your_rights_forms_en.htm), o
- utilizando la dirección de correo electrónico: SG-PLAINTES@ec.europa.eu.
Al reclamar, no olvide indicar su nombre e incluir toda la información y la documentación oportunas.
Por ejemplo: Sobre la base del Derecho europeo, unos ciudadanos de la UE presentaron una reclamación a la Comisión por no poder solicitar una plaza de médico escolar en el Estado miembro X al no poseer la titulación nacional ni la nacionalidad de dicho Estado miembro. A consecuencia de la intervención de la Comisión, se modificó la legislación nacional en cuestión a fin de reconocer las cualificaciones médicas de otros Estados miembros y abrir la profesión a otros ciudadanos de la UE.
ComienzoPETICIONES AL PARLAMENTO EUROPEO
Vd. tiene derecho de petición ante el Parlamento Europeo en las cuestiones que guarden relación con el ámbito de actividad de la Unión Europea y que le afecten directamente. Por tanto, las peticiones deberán referirse al Derecho europeo, a su aplicación por los Estados miembros o a un caso real o presunto de acción incorrecta de una autoridad nacional. Su petición será tratada por la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, que está formada por miembros del Parlamento Europeo. Esta Comisión responde a todas las peticiones y le informará del curso dado a la suya.
¿QUÉ PUEDE ESPERAR VD. CUANDO PRESENTE UNA PETICIÓN?
Si bien las recomendaciones de la Comisión de Peticiones no generan obligaciones jurídicas directas para las partes implicadas, las peticiones pueden constituir un medio valioso de ejercer presión sobre los implicados. Pueden aumentar la visibilidad de su problema particularmente a través de los contactos que la Comisión entabla con otras instituciones europeas, normalmente la Comisión Europea, y las autoridades nacionales.
El Comité de Peticiones puede recomendar que la Comisión Europea inicie procedimientos de infracción contra un Estado miembro por no aplicar, o hacerlo de forma incorrecta, el Derecho europeo, lo cual puede impulsar la modificación de la legislación nacional. Sin embargo, la Comisión de Peticiones no tiene atribuciones propias para dar reparación a particulares en litigio ni para entablar procedimientos de infracción contra los Estados miembros.
PRESENTACIÓN DE UNA PETICIÓN
No existe ningún impreso específico para las peticiones. Éstas pueden redactarse en cualquiera de las lenguas oficiales de la Unión Europea y deben incluir los siguientes datos: nombre y apellidos, nacionalidad, dirección y profesión, una descripción clara de los hechos, con referencia al ámbito de actividad correspondiente de la Unión Europea, los motivos de la petición y, si es posible, documentación pertinente y la firma.
Puede presentar su petición al Parlamento Europeo:
- por escrito a la siguiente dirección: Unidad de Actividades de los Diputados del Parlamento Europeo, L-2929 Luxemburgo; o
- por correo electrónico, utilizando el formulario disponible en la dirección de internet http://www.europarl.europa.eu/parliament/public/staticDisplay.do?id=49&language=ES.
Para obtener más información, puede ponerse en contacto con el Parlamento Europeo en el Correo del Ciudadano, GOL03A012, L-2929 Luxemburgo, Fax: (352) 43 00 27 072 o por correo electrónico, en la siguiente dirección: http://www.europarl.europa.eu/registre/portail/CourrierCitoyen.cfm?langue=EN.
CONTACTOS CON MIEMBROS DEL PARLAMENTO EUROPEO
Los miembros del Parlamento Europeo representan a los ciudadanos. Vd. También podrá plantear su caso a un miembro del Parlamento Europeo, que, a su vez, podrá formular preguntas escritas u orales a la Comisión. Como las respuestas son publicadas, pueden servirle de apoyo en relación con un problema para el que haya enviado previamente una petición.
ComienzoEL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO
¿QUÉ DEBE HACER EN CASO DE LITIGIO CON LAS INSTITUCIONES DE LA UE?
Puede presentar una reclamación al Defensor del Pueblo Europeo. El Defensor del Pueblo Europeo está autorizado a investigar la administración europea y sus relaciones con los ciudadanos y las empresas. Puede recibir reclamaciones referentes a la mala administración en la acción de la Comisión y de las demás instituciones de la UE, a excepción del Tribunal de Justicia y del Tribunal de Primera Instancia, en el ejercicio de su función jurisdiccional. Algunos de los problemas más comunes que aborda el Defensor del Pueblo Europeo son las demoras innecesarias, la denegación de información, la discriminación y el abuso de poder.
El Defensor del Pueblo Europeo no tiene la facultad de tramitar reclamaciones contra las administraciones nacionales, regionales o locales de los Estados miembros. Estas reclamaciones pueden dirigirse, en el ámbito nacional, al defensor del pueblo correspondiente u organismo similar del Estado miembro de que se trate.
¿QUÉ PUEDE HACER POR VD. EL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO?
Cuando el Defensor del Pueblo Europeo considere que ha existido un caso de mala administración por parte de una institución de la UE, intentará encontrar una solución aceptable para ambas partes. Si lo estima necesario, formulará recomendaciones a la institución afectada sobre cómo solucionarlo. Si la institución afectada no aplica sus recomendaciones en el plazo de tres meses o no encuentra otra solución satisfactoria para poner fin a la mala administración, el Defensor del Pueblo Europeo enviará un informe especial al Parlamento Europeo.
El Defensor del Pueblo Europeo le mantendrá informado del resultado de sus investigaciones, del dictamen emitido por la institución afectada y de cualquier recomendación que formule.
Por ejemplo: A una empresa que actuaba como contratista de una institución de la UE no se le pagó por sus servicios según lo acordado. La dirección de la empresa se puso en contacto con el Defensor del Pueblo Europeo, que intentó mediar entre las dos partes. En un plazo breve, se llegó a un acuerdo sobre la base de las propuestas del Defensor del Pueblo Europeo.
PRESENTACIÓN DE UNA RECLAMACIÓN
No es necesario que a Vd. le afecte individualmente la supuesta mala administración. Puede tratarse de injusticia, omisiones, irregularidades administrativas o demoras innecesarias. Vd. dispone de dos años para presentar una reclamación a partir de la fecha en que tuvo conocimiento de los hechos a los que se refiere la reclamación. Debe haberse puesto en contacto previamente, por ejemplo mediante una carta, con la institución u organismo en cuestión. Las reclamaciones presentadas al Defensor del Pueblo Europeo no afectan a la necesidad de cumplir los plazos establecidos para los recursos en las diligencias administrativas o judiciales.
Para presentar una reclamación, puede escribir al Defensor del Pueblo Europeo en cualquiera de las lenguas oficiales de la Unión, indicando claramente su identidad, contra qué institución u órgano de la Unión Europea se dirige su reclamación y el motivo de la misma.
Para redactar su reclamación también puede utilizar el modelo de formulario, el cual está disponible en la oficina del Defensor del Pueblo Europeo y en las oficinas de los defensores del pueblo nacionales de los Estados miembros donde existen. Puede ponerse en contacto con el Defensor del Pueblo Europeo:
- por correo: European Ombudsman, 1, avenue du Président Robert Schuman, B.P. 403, F-67001 Estrasburgo Cedex,
- por teléfono: (33) 388 17 23 13
- por fax: (33) 388 17 90 62
- y a través del sitio web: http://www.ombudsman.europa.eu.
En él encontrará vínculos con los sitios web de los defensores del pueblo nacionales y organismos similares de los Estados miembros.
ComienzoVÍAS DE REPARACIÓN COMO CONSUMIDOR
El mercado único da acceso a todos los ciudadanos a una mayor variedad de productos y servicios.
Como consumidor, puede sentirse perjudicado por publicidad engañosa o cláusulas contractuales abusivas o puede verse envuelto en un litigio relacionado con la compra de bienes, la obtención de un préstamo o la suscripción de una póliza de seguro.
Esta sección de la Guía aborda la resolución de litigios acerca de sus derechos como consumidor en virtud del Derecho comunitario.
¿CUÁLES SON LOS PROCEDIMIENTOS DISPONIBLES EN CASO DE QUE TENGA PROBLEMAS COMO CONSUMIDOR?
Con frecuencia, los problemas pueden resolverse de manera amistosa y gratuita presentando una reclamación al proveedor, al fabricante o distribuidor del producto o al prestador de servicios en cuestión. Para facilitar la resolución extrajudicial de litigios que afectan a los consumidores, la Comisión Europea ha elaborado un formulario de reclamación especial para ayudar a los compradores y los vendedores a encontrar una solución amistosa. Puede utilizar dicho formulario para resolver problemas con un proveedor establecido en su país de residencia o con un proveedor establecido en otro país de la Unión Europea. Puede obtener el formulario de reclamación en el sitio web http://ec.europa.eu/consumers/redress/compl/cons_compl/acce_just03_en.htm.
Asimismo, en todos los Estados miembros existen diversos organismos extrajudiciales de resolución de litigios con consumidores. El acceso a estos organismos es rápido, barato y no precisa abogado.
Estos organismos adoptan formas muy diversas en los distintos Estados miembros: defensor del pueblo, mediadores, organismos de arbitraje o de conciliación, etc. Algunos de estos organismos tienen competencias generales mientras que otros tienen competencias sectoriales (por ejemplo, la mediación en el sector de los seguros y en el sector bancario). Algunos de ellos tienen competencia nacional, mientras que otros tienen competencia regional. Ningún organismo cubre todos los sectores o todos los países.
Los procedimientos extrajudiciales pueden resultar de iniciativas públicas o privadas. La naturaleza de las decisiones adoptadas en el marco de estos procedimientos varía considerablemente: algunas son simples recomendaciones, otras sólo son vinculantes para la empresa en cuestión (es el caso de la mayoría de los defensores de los usuarios del sector bancario o del sector de los seguros), y otras son vinculantes para las dos partes implicadas.
La Comisión Europea ha recomendado a los Estados miembros que se aseguren de que estos acuerdos extrajudiciales ofrezcan a las partes un mínimo de garantías de calidad, como la independencia, la transparencia, la eficacia y el respeto del Derecho. Puede consultar la lista de los Centros existentes en el sitio web siguiente: http://ec.europa.eu/consumers/redress/out_of_court/database/index_en.htm.
La finalidad de las organizaciones de consumidores es ayudarlo a ejercer sus derechos. Dichas organizaciones pueden ofrecerle información útil y asesoramiento jurídico sobre sus derechos y, en muchos casos, tomar contacto con la empresa en cuestión para intentar resolver el litigio de forma amistosa. Puede consultar la lista de organizaciones de consumidores de cada Estado miembro en el sitio web de la Comisión: http://ec.europa.eu/consumers/cons_org/associations/national/index_en.htm.
Por lo que respecta a los litigios transfronterizos, la Comisión y los Estados miembros han creado la Red de centros europeos del consumidor (Red CEC). Esta red está compuesta por veintiún centros de diecinueve Estados miembros, Noruega e Islandia. A partir de 2006, todos los Estados miembros deberían tener un Centro europeo del consumidor. La red le informa de sus derechos en el mercado interior. Los Centros europeos del consumidor pueden ayudarlo a contactar a una empresa o un organismo de resolución extrajudicial de litigios en otro Estado miembro. Puede consultar la lista de los Centros existentes en el sitio web de la Comisión: http://ec.europa.eu/consumers/redress/ecc_network/index_en.htm.
Tiene también derecho a someter su caso a los órganos jurisdiccionales nacionales. Si tiene un litigio con un profesional establecido en su país de residencia y ha celebrado el contrato en dicho país, puede, por supuesto, utilizar las vías judiciales que éste le ofrece. No obstante, el acceso a la justicia puede acarrear considerables costes y retrasos. Algunos Estados miembros han establecido procedimientos judiciales simplificados para facilitar la resolución de los problemas de los consumidores en los que estén en juego cantidades relativamente pequeñas. Tales procedimientos pueden consistir en disposiciones simplificadas para ejercer una acción judicial en el caso de pequeños litigios o un intento de conciliación por el tribunal que resuelve el caso. En determinadas circunstancias, no es necesario que le represente un abogado.
Además, si está obligado a ejercer una acción legal como comprador de un bien o contratante de un servicio procedente directamente de otro Estado miembro, tiene derecho a elegir entre los tribunales de su país de residencia y los del país de la otra parte si se encuentra en una de las situaciones siguientes: la celebración del contrato estuvo precedida de publicidad o de una invitación específica en su país de residencia y ha dado los pasos necesarios para celebrar el contrato en dicho país.
Esta misma posibilidad existe en el caso de un contrato de préstamo reembolsable a plazos o de cualquier forma de crédito concedido para financiar la venta de bienes.
En los contratos de seguros, el ciudadano puede escoger entre los tribunales del Estado miembro en que reside, los del domicilio de la compañía aseguradora o los correspondientes al lugar en que esté situado el establecimiento a partir del cual se cubre el riesgo asegurado. En cambio, cualquier acción de la aseguradora contra el ciudadano debe dirimirse ante los tribunales del Estado miembro en que éste resida. Las pólizas de seguros sobre bienes inmuebles o responsabilidad civil también se rigen por normas específicas, concebidas de forma que Vd. pueda ejercer más fácilmente sus derechos frente a la aseguradora.
No obstante, en los litigios ocasionados por contratos de compra de bienes inmuebles (pisos, casas, etc.) sólo son competentes los tribunales del país en que radique el inmueble. Lo mismo ocurre en los contratos de alquiler de inmuebles, salvo los celebrados, con vistas a un uso temporal, por un período máximo de seis meses consecutivos, cuando el propietario y el arrendatario sean personas físicas domiciliadas en el mismo Estado miembro. En este último caso, se puede recurrir también a los tribunales del Estado miembro en el que esté domiciliado el demandado.
Si Vd. recurre a los tribunales de un Estado miembro que no sea el de residencia, ha de tener en cuenta que no puede ser objeto de discriminación alguna por su nacionalidad. Por ejemplo, no se le puede exigir ninguna fianza o garantía de costas judiciales por no ser nacional de ese país. Tiene asimismo derecho a recibir asistencia jurídica en las mismas condiciones que los nacionales del país.
Con muy pocas excepciones, y sin necesidad de un procedimiento especial, la sentencia pronunciada en un Estado miembro será reconocida en los demás Estados miembros de la Unión Europea. Para hacer ejecutar la decisión (por ejemplo, pago de daños) en otro Estado miembro, el ciudadano deberá presentar, no obstante, una demanda ante el tribunal competente (en general, el tribunal del lugar del domicilio de la persona condenada).
Las organizaciones de consumidores también pueden tener derecho a buscar la protección de los intereses generales de los consumidores ante los tribunales o los organismos administrativos competentes. Estas organizaciones pueden, por ejemplo, desempeñar un importante papel en la denuncia de cláusulas abusivas en los contratos. Así, pueden recurrir a los tribunales o las autoridades administrativas competentes en nombre de los consumidores para determinar si las cláusulas de un contrato tipo son abusivas y, si es así, prohibirlas.
Además, en casos de litigios transfronterizos con consumidores, el acceso a la justicia resulta más fácil para las organizaciones de consumidores. Éstas tienen derecho a ejercer acciones para poner fin a cualquier acto que vulnere los intereses colectivos de los consumidores y sea contrario a los principios fundamentales del Derecho europeo en materia de protección de los consumidores. Se aplica, por ejemplo, a la publicidad engañosa, al crédito al consumo, a las cláusulas contractuales abusivas, a los contratos a distancia y a las vacaciones organizadas.
Finalmente, se está creando una red de autoridades administrativas competentes. Se conferirá a estas autoridades atribuciones considerables para luchar contra las infracciones transfronterizas del Derecho europeo en el sector de la protección de los consumidores. Si es Vd. víctima de una práctica comercial abusiva, podrá notificarlo a estas administraciones.
¿QUÉ PUEDE HACER EN LOS LITIGIOS RELATIVOS A LOS SERVICIOS FINANCIEROS?
Para facilitar la resolución de los litigios en materia de consumo relacionados con los servicios financieros (banca y seguros), puede dirigirse a FIN-NET. La red FIN-NET es una alternativa barata, sencilla y eficaz a las acciones jurídicas cuando el prestador de servicios está establecido en un Estado miembro de la UE distinto de aquel donde vive el consumidor. La red reúne más de cuarenta sistemas nacionales diferentes que cubren servicios financieros en particular (por ejemplo, sistemas de defensores de los usuarios de banca y de seguros) o se encargan de litigios relacionados con los consumidores en general (por ejemplo, las comisiones de reclamación de los consumidores).
Esta red se basa principalmente en el reconocimiento mutuo entre los organismos de reparación nacionales y el intercambio de información. La idea fundamental de esta cooperación es que el usuario de servicios financieros transfronterizos pueda reclamar a una tercera parte en caso de litigio aunque el prestador de dichos servicios no pertenezca al sistema de reclamaciones del país de residencia del usuario.
Esto se logra dando acceso al usuario al organismo alternativo de resolución de litigios al que pertenezca el prestador de servicios a través del organismo de reparación en el país de residencia del usuario. Los sistemas extrajudiciales de resolución de litigios en materia de servicios financieros adoptan diversas formas en los distintos Estados miembros. A veces existe un sistema central a nivel nacional y a veces los sistemas son regionales o incluso locales. Algunos de los sistemas son públicos y otros son privados. También varía el nivel de las decisiones, desde meras recomendaciones para ambas partes (por ejemplo, la Comisión nacional de reclamación de los consumidores de Suecia y el Servicio de reclamaciones del Banco de España) hasta decisiones vinculantes para el prestador de servicios (por ejemplo, en la mayoría de los sistemas de defensa de los usuarios de banca y de seguros). Conviene destacar que, aparte de unos pocos sistemas específicos de procedimientos de arbitraje, los sistemas extrajudiciales de reclamación en el ámbito de los servicios financieros nunca privan a los consumidores de su derecho a acudir a los tribunales si no están satisfechos con la solución propuesta por el organismo extrajudicial.
Encontrará más información acerca de los diversos organismos nacionales de reclamación sobre servicios financieros en: http://ec.europa.eu/internal_market/finservices-retail/finnet/index_en.htm#addresses. Para obtener información detallada sobre el procedimiento de reclamación, puede ponerse en contacto con el organismo de reclamación del país de su prestador de servicios financieros o con el organismo de reclamación de su país de residencia.
1 - 2 Algunos operadores de telefonía móvil no autorizan el acceso a los números 00800 o cobran por este acceso; en determinados casos, las llamadas telefónicas a estos números podrían no ser gratuitas si se efectúan desde cabinas telefónicas u hoteles.
Última actualización: 2005
Ni la Comisión Europea ni ninguna persona que actúe en representación de la misma son responsables del uso que pudiera hacerse de la información anterior.
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