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Comisión Europea. Representación en España

Comisión Europea. Representación en España


Procedimientos que la UE brinda para resolver problemas o enviar quejas a las Instituciones
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La Unión Europea facilita una serie de procedimientos que pueden ayudarle a resolver un problema entre particulares- cuando se trata de asuntos de consumo o de mercado interior- y le brinda mecanismos para tramitar quejas o reclamaciones a las Instituciones y Organismos europeos dentro de determinados supuestos.

 

Reclamaciones en el ámbito del Consumo

El formulario europeo de reclamación tiene por objeto mejorar el diálogo entre los consumidores y los profesionales y ayudarles a resolver de forma amistosa los problemas que puedan surgir en el marco de sus transacciones. Obtener el formulario

El formulario europeo de reclamación está diseñado como un instrumento de diálogo entre el consumidor y el profesional. Si esta fase del diálogo no permite resolver el conflicto de forma amistosa, el formulario también tiene por objeto facilitar el acceso a los procedimientos extrajudiciales.

El órgano extrajudicial responsable de la solución de los litigios en materia de consumo en España es:

Instituto Nacional de Consumo
Príncipe de Vergara, 54
28006 Madrid
Tel.: 914 31 24 53
E-mail: informacion.redeje@consumo-inc.es
Internet: http://cec.consumo-inc.es/

Consejo: si decide utilizar el formulario, No lo envíe a la Comisión Europea. Aunque la institución lo haya redactado, no tiene competencias para intervenir con vistas a resolver litigios entre consumidores y profesionales.

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Defensor del pueblo europeo: si estima que ha sido víctima de una mala administración por parte de las Instituciones Europeas

El Defensor del Pueblo Europeo investiga reclamaciones contra la mala administración por parte de las instituciones y órganos de la Unión Europea. El Defensor del Pueblo Europeo es completamente independiente e imparcial. Debe tener en cuenta que el Defensor del Pueblo no puede ocuparse de reclamaciones concernientes a las Administraciones nacionales, regionales o locales de los Estados miembros.

Las reclamaciones pueden formularse por medio de una carta al Defensor del Pueblo Europeo dirigida a la siguiente dirección:

Defensor del Pueblo Europeo
1, avenue du président-Robert-Schuman
B.P. 403
F-67001 Estrasburgo Cedex
Tel. (+33) 388 17 23 13
Fax (+33) 388 17 90 62
E-mail: euro-ombudsman@europarl.europa.eu
Internet: http://www.ombudsman.europa.eu/home/es/default.htm

 

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Formulario europeo de denuncia: cuando un estado incumple la legislación comunitaria

La Comisión Europea ha creado el Formulario de denuncia ante la Comisión Europea por incumplimiento del Derecho comunitario. El fin del formulario de denuncia ante la Comisión Europea por incumplimiento del Derecho comunitario es que cualquier persona pueda presentar una queja ante la Comisión cuando estime que una medida de un Estado miembro –ya sea legislativa, administrativa o reglamentaria– es contraria a una disposición o principio del Derecho comunitario.

Descargar el formulario

Puede enviar el formulario por correo a:
Comisión Europea
Secretaría General
B-1049 Bruselas

o presentarlo en cualquiera de las Representaciones de la Comisión Europea.

Para más información sobre el formulario de denuncia

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Puede pedir al Parlamento Europeo que aborde un asunto que pertenezca al ámbito UE siempre que le afecte

Cualquier persona que resida en la Unión Europea, tanto si es ciudadana de un Estado miembro como si no lo es, puede presentar una petición al Parlamento Europeo, individualmente o en asociación con otras, sobre un asunto que pertenezca a alguno de los ámbitos de actividad de la Unión Europea y que la afecte directamente. La petición puede contener una solicitud particular o un llamamiento dirigido al Parlamento Europeo para que tome posición ante un asunto concreto. Estas peticiones dan al Parlamento la oportunidad de llamar la atención sobre cualquier violación de los derechos de los ciudadanos cometida por un Estado miembro o una institución.

Obtener más información y el formulario

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Última actualización: 12/12/2009  |Comienzo