¿Cuál era exactamente el problema?
El problema surgió al entrar en vigor en Portugal la ley 22-A/2007, de fiscalidad de vehículos, que regulaba la matriculación y exigía que los ciudadanos que trabajaran más de 183 días al año en Portugal matriculasen sus vehículos allí. Esto representaba un serio problema para muchos trabajadores procedentes de España.
La ley concedía una exención para los trabajadores transfronterizos españoles que trabajaban en localidades "adyacentes a la frontera" y no tenían propiedades en Portugal. El término "adyacente a la frontera" no era muy claro y la policía portuguesa lo interpretó de modo muy estricto: sólo se permitió mantener la matrícula española a quienes trabajaran en localidades portuguesas totalmente "adyacentes" a la frontera. Muchos vehículos fueron inmovilizados por las autoridades portuguesas, su documentación confiscada y sus conductores multados. Según la Ley portuguesa, la mayoría de los trabajadores transfronterizos estaban obligados a matricular sus coches en Portugal por el mero hecho de trabajar en ese país, cuando, por otra parte, la ley española también les obligaba a mantener la matrícula española por residir en España. Además, los impuestos sobre los automóviles son mucho más altos en Portugal que en España. En ese momento se solicitó la intervención de SOLVIT.
¿Cuántos eran los afectados por esta situación?
Es difícil de calcular. La Asociación de Profesionales de la Salud Españoles en Portugal actuó como portavoz del grupo y denunció enérgicamente los problemas planteados por la nueva leLey. Dos representantes de la Asociación se dirigieron personalmente a SOLVIT Portugal para expresar su descontento. La Asociación representa a cerca de 3 000 médicos y enfermeras españoles que trabajan en la sanidad pública portuguesa. Pero también otros profesionales, como profesores o empresarios, se veían afectados por la situación.
¿Cómo consiguió SOLVIT solucionar el problema?
Varias personas presentaron sus casos a SOLVIT. En SOLVIT España buscamos argumentos que demostraran que la nueva ley contravenía la normativa de la UE. Más tarde, comunicamos los casos a nuestros colegas de SOLVIT Portugal, que consiguieron en dos ocasiones convencer a las autoridades portuguesas para que cambiaran la legislación vigente.
En primer lugar, a partir de los casos presentados, el centro SOLVIT portugués abordó dos problemas: la ambigüedad del término "adyacente" y la aplicación incorrecta de la normativa de la UE. Una nueva ley (67-A/2007) eliminó el término "adyacente" y eximió a los trabajadores transfronterizos residentes en España siempre que su lugar de trabajo en Portugal estuviera como máximo a 60 km de la frontera. Esa nueva ley seguía sin adecuarse totalmente a la normativa de la UE pero como las modificaciones solucionaban los casos presentados a SOLVIT, representaba un paso adelante.
SOLVIT intervino una segunda vez a instancia de un trabajador transfronterizo español a quien se obligaba a matricular su coche en Portugal por el hecho de haber comprado una vivienda en ese país. ¿No podían pues los trabajadores transfronterizos españoles poseer una vivienda en Portugal? ¿Estaban por ello obligados a matricular sus vehículos en Portugal?
SOLVIT advirtió del nuevo problema a las autoridades competentes. La administración portuguesa, en este caso la Dirección General de Aduanas - DG Alfândegas, cooperó activa y constructivamente en todo el proceso.
El asunto tuvo un amplio seguimiento durante varios meses en los medios de comunicación españoles y portugueses y fue incluso mencionado en rueda de prensa tras una de las cumbres bilaterales hispano lusa. En aquella ocasión los periodistas preguntaron al Primer Ministro portugués si los trabajadores españoles del nuevo centro de nanotecnología de Braga podrían utilizar sus automóviles. El intríngulis de la pregunta estaba en el hecho de que según la ley podían hacerlo quienes trabajaran como máximo a 60 km de la frontera, y Braga está a 63 km. El Primer Ministro prometió que todos los problemas desaparecerían y mantuvo su palabra.
Finalmente, el 27 de agosto de 2008 se publicó en el Diario Oficial portugués la ley 44/2008, que suprime ya todas las referencias a distancias y a propiedades en Portugal. Con ello, la legislación portuguesa es completamente acorde a la europea.
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