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Política de competencia

La financiación en virtud de la política de cohesión y de la política regional debe ser conforme a las normas sobre ayudas estatales, en si procede.

El artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la UE pdf prohíbe las medidas estatales que:

a) supongan una transferencia de recursos estatales
b) acarreen una ventaja económica para determinadas empresas
c) falseen la competencia favoreciendo a determinados beneficiarios en detrimento de otros
d) afecten a los intercambios comerciales entre Estados miembros.

Para más información, véase el vademécum sobre ayudas estatales pdfEnglish.

Las excepciones relevantes para el funcionamiento de los Fondos Estructurales son las siguientes:

  • artículo 107, apartado 3, letra a): «las ayudas destinadas a favorecer el desarrollo económico de regiones en las que el nivel de vida sea anormalmente bajo o en las que exista una grave situación de subempleo»;
  • artículo 107, apartado 3, letra c): «las ayudas destinadas a facilitar el desarrollo de determinadas actividades [...] económicas, siempre que no alteren las condiciones de los intercambios en forma contraria al interés común».
  • Las excepciones anteriores se desarrollan en las directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional English, que establecen el importe de ayuda máximo admisible para determinadas regiones. Para más información, véanse las Directrices sobre las ayudas de Estado de finalidad regional para el período 2007-2013.

En el contexto de la crisis económica y financiera actual, el Plan Europeo de Recuperación Económica prevé un marco temporal que simplifica las normas aplicables a los regímenes de ayudas estatales cofinanciadas por la política de cohesión. Esto significa que, en algunos casos, los anticipos concedidos a los regímenes de ayudas estatales pueden ser reembolsados hasta en un 100%.

También se han establecido acuerdos temporales English (hasta finales de 2010) dentro de las normas sobre ayudas estatales para ayudar a los países a luchar contra los efectos de la restricción del crédito en la economía real hasta 2010. De este modo, en determinadas condiciones:

  • las empresas pueden recibir una ayuda a tanto alzado de 500 000 euros durante los próximos dos años para poder superar sus dificultades actuales;
  • se ponen a disposición garantías estatales para préstamos a prima reducida;
  • se ponen a disposición préstamos bonificados, especialmente para la producción de productos verdes;
  • las pequeñas empresas pueden recibir ayuda de capital riesgo de hasta 2,5 millones de euros al año (en lugar de los 1,5 millones de euros actuales) siempre que al menos el 30 % (en lugar del 50 % actual) de los costes de inversión proceda de inversores privados.

Más información

La DG Política Regional no es responsable de la interpretación de las normas aplicables a las ayudas estatales, por lo que las autoridades nacionales y regionales que deseen obtener orientación en este aspecto deben dirigirse a los servicios competentes de la Comisión: la DG Competencia, la DG Energía, la DG Movilidad y Transporte o la DG Agricultura y Desarrollo Rural.

Política regional de la UE: Manténgase informado