El artículo 26 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea reconoce el derecho de las personas discapacitadas a "beneficiarse de medidas que garanticen su autonomía, su integración social y profesional y su participación en la vida de la comunidad". En la actualidad, las personas con discapacidad representan más del 15 % de la población de la UE.
Las personas con discapacidad tienen los mismos derechos que cualquier ciudadano en Europa. La Unión Europea reconoce la necesidad de prestar una atención especial a la problemática diversa que afecta a estas personas, para garantizarles el disfrute efectivo de sus derechos. El objetivo principal que se persigue es permitirles asumir las funciones y responsabilidades que les corresponden como ciudadanos y lograr que posean la misma capacidad de elección y de control de sus propias vidas que el resto de la población. Las actuaciones en este campo deben estar orientadas por la necesidad de garantizar el acceso, la accesibilidad y la integración en igualdad de condiciones. En este contexto, una de las prioridades más importantes es el acceso a la asistencia prolongada y a los servicios de apoyo. Los factores aquí abordados comprenden: compensar las discapacidades, habilitación y rehabilitación, paliar las consecuencias económicas y sociales de la discapacidad, y desigualdades en materia de salud. También son objetivos importantes reducir la exclusión social, eliminar obstáculos y barreras, facilitar la movilidad y aprovechar las tecnologías de la información.
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