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Seguridad alimentaria

International Food Safety Issues EU positions papers for Codex Alimentarius CCFAC - Codex Committee on Food Additives and Contaminants

12/02/01

Observaciones de la Comunidad Europea para el Comité del Codex sobre aditivos alimentarios y contaminantes de los alimentos, La Haya, 12-16 de marzo de 2001

Tema del programa 15 a: Observaciones sobre el proyecto de nivel máximo para la aflatoxina M 1 en la leche

El Comité del Codex sobre aditivos alimentarios y contaminantes de los alimentos decidió en su 32 a reunión, celebrada en marzo de 2000, devolver el proyecto de nivel máximo de 0,05 µg/kg de aflatoxina M 1 en la leche al trámite 6 para recabar observaciones adicionales y estudiarlo en la 33 a reunión del CCFAC. El Comité solicitó que la 56 a reunión del JECFA (febrero de 2001) estudiara la exposición a la aflatoxina M 1 y realizara una evaluación cuantitativa del riesgo para comparar dos niveles diferentes en la leche (0,05 y 0,5 µg/kg). En el momento actual no se conoce aún el resultado de la reunión del JECFA.

La Comunidad Europea aprecia la oportunidad de poder reiterar sus observaciones sobre este asunto.

POSICIÓN

La Comunidad Europea apoya el límite máximo de 0,05 µg/kg de aflatoxina M 1 en la leche, ya que se considera el más apropiado en términos de salud pública y viabilidad. En efecto, los programas de seguimiento de la UE han producido una gran cantidad de datos recientes (p. ej., >7000 en 1999) sobre presencia de aflatoxina M 1 en la leche. Estos datos indican claramente que es posible conseguir el nivel de 0,05 µg/kg de aflatoxina M 1 en la leche, y que éste debe establecerse como límite máximo en virtud del principio ALARA ("As Low As Reasonably Achievable", lo más bajo que sea razonablemente posible). Estos datos se han comunicado al JECFA tras la solicitud del CCFAC.

El límite de 0,05 µg/kg de aflatoxina M 1 es aplicable a la leche líquida. También lo es a los productos lácteos que se hayan desecado o transformado, teniendo en cuenta la concentración debida al proceso de secado o de transformación.

DISCUSIÓN

Toxicología

Respecto a la toxicología de las aflatoxinas, el Comité científico de la alimentación humana de la Comunidad Europea emitió el 23 de septiembre de 1994 un dictamen sobre las aflatoxinas (y sobre la ocratoxina A y la patulina) (Informes del Comité científico de la alimentación humana, serie trigésima quinta). El Comité llegó a conclusiones como las del siguiente párrafo:

Las aflatoxinas son carcinógenos genotóxicos. Sobre este tipo de carcinógenos se piensa generalmente que no hay una dosis umbral por debajo de la cual no se produzca formación de tumores. Con otras palabras, sólo un nivel cero de exposición puede corresponder a un riesgo nulo. Esto coincide con las recientes evaluaciones de CIIC 1 (1993) respecto a la carcinogenicidad y la genotoxicidad de las aflatoxinas. Los múltiples informes de evaluación del riesgo permiten deducir que incluso niveles bajísimos de exposición a las aflatoxinas (p. ej., 1 ng/kg p.c./día o menos) contribuyen al riesgo de cáncer de hígado.

Respecto a la aflatoxina M 1 , el Comité científico de la alimentación humana aceptó que hay suficientes pruebas de que la aflatoxina M 1 es un carcinógeno genotóxico; se calcula que su potencia carcinogénica es unas diez veces menor que la de la aflatoxina B 1.

Sin embargo, como la ingesta de leche y productos lácteos por el hombre puede ser considerable, especialmente entre lactantes y niños pequeños, es necesario valorar cuidadosamente los riesgos derivados de la exposición a las aflatoxinas (apartado 4 de CX/FAC 97/16).

Consecuencias para el comercio de piensos

La afirmación de que un límite máximo de 0,5 µg/kg de M 1 debe considerarse como menor nivel que se puede conseguir debido a problemas de gestión de las cantidades máximas de aflatoxinas en el pienso, no se ajusta a las recomendaciones mencionadas en el Código de prácticas para la reducción de aflatoxina B 1 en materias primas y piensos complementarios destinados a animales productores de leche (ALINORM 97/12A, apéndice IX), tal y como fue adoptado por la Comisión del Codex Alimentarius 2 .

Este Código de prácticas formula recomendaciones como las siguientes:

2.5.3. Si se detecta aflatoxina B 1 hay que considerar una o más de las siguientes opciones. En todos los casos hay que asegurarse de que el nivel de aflatoxina B 1 del pienso terminado es adecuado a su uso previsto (es decir, según la madurez y la especie de los animales a que se vaya a dar) y se ajusta a los códigos y directrices nacionales o a los dictámenes veterinarios cualificados.

2.5.3.1. Considerar la restricción de piensos contaminados con aflatoxina B 1 a un porcentaje de la ración diaria de forma que la ingesta diaria de aflatoxina B 1 no ocasione la presencia de residuos significativos de aflatoxina M 1 en la leche.

2.5.3.2. Si no puede llevarse a la práctica la restricción de los piensos, desviar el uso de piensos muy contaminados hacia animales no lactantes exclusivamente.

Teniendo en cuenta las anteriores recomendaciones, se admite que el dar a las vacas lecheras piensos complementarios con bajos niveles de aflatoxina B 1 ya no constituye un problema.

En la Comunidad Europea se aplican los siguientes límites máximos de aflatoxina B 1 en piensos y materiales para piensos:

Pienso

Contenido máximo en µg/kg respecto a un pienso con un 12 % de humedad

Materiales para piensos: cacahuete, copra, palmiste, semilla de algodón, babasú, maíz y productos derivados de su transformación

20

Materiales para piensos distintos de los mencionados más arriba

50

Piensos completos para vacas lecheras

5

Piensos complementarios para vacas lecheras

5

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1 Centro Internacional de Investigación sobre el Cáncer.

2 Alinorm 97/37. Informe sobre la 22ª reunión de la Comisión Conjunta FAO/OMS del Codex Alimentarius, Ginebra, 23-28 de junio de 1997, Apéndice III, Parte I.

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