Fijar las capturas máximas
Idealmente, la actividad pesquera supone retirar de cada población un volumen de peces tal que no haga peligrar el equilibrio o la renovación de aquélla. Las primeras políticas de gestión incluían medidas destinadas a calcular unos niveles de capturas sin riesgos y a garantizar su cumplimiento. Ahora bien, dado que muchas especies comparten los mismos caladeros y que los peces de una población abarcan en general un espectro amplio de edades y tallas, en la mayor parte de las pesquerías se obtienen capturas mixtas.
Fijar el total admisible de capturas (TAC) supone determinar las cantidades máximas de peces que pueden capturarse en una población durante un espacio de tiempo dado, de conformidad con lo dispuesto en los objetivos de gestión. Para ello se necesita la cooperación de las distintas partes a fin de que los interesados puedan alcanzar un acuerdo sobre los TAC y el modo de repartirlos entre ellos.
Los totales admisibles de capturas en la política pesquera común
Los TAC fueron una de las primeras medidas de conservación de la política pesquera común ya que los pescadores de la UE estaban acostumbrados a ellos. Además, la Unión Europea repartió las oportunidades de pesca entre los Estados miembros en forma de cuotas. Se ideó un método para dividir los totales admisibles de capturas comunitarios según una serie de factores, entre ellos el volumen de capturas que los países hubieran obtenido en épocas anteriores. Esta fórmula se sigue utilizando actualmente, según el principio conocido como «estabilidad relativa» que asegura a los Estados miembros un porcentaje fijo de las oportunidades de pesca de especies comerciales.
¿ Cómo se fijan los totales admisibles de capturas en la política pesquera común?
Los TAC se fijan anual o bianualmente. El Consejo de Ministros se reúne a finales de diciembre para tomar una decisión sobre las oportunidades de pesca del año siguiente. Esta reunión representa, sin embargo, el final de un largo proceso en el que participa un elevado número de países y organizaciones. Todo comienza con la investigación científica que realizan varios organismos nacionales e internacionales.
El Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM) reúne información sobre el estado de las poblaciones valiéndose de distintas fuentes. El Comité del CIEM que se ocupa de la situación de las poblaciones comerciales en el Atlántico nororiental emite dictámenes sobre los niveles de pesca que pueden llevarse a cabo en la zona sin que se rompa el equilibrio.
La Comisión Europea consulta a su propio Comité científico, técnico y económico de la pesca (CCTEP), compuesto por expertos nacionales así como a representantes de la industria pesquera y otras partes interesadas en relación con esos dictámenes. También se celebran negociaciones con terceros países interesados en los mismos caladeros o poblaciones y con las organizaciones pesqueras regionales pertinentes. La Comisión analiza los diferentes dictámenes y presenta propuestas para el año siguiente sobre los totales admisibles de capturas y las condiciones en que deben pescarse. Estas propuestas se envían al Consejo de Ministros, siendo los ministros de Pesca los que toman la decisión final sobre los totales admisibles de capturas, las cuotas y las medidas afines en la reunión que celebran a finales de año.
Subsidiariedad
Los Estados miembros gestionan las cuotas que les son asignadas y son responsables del control y del cumplimiento, incluyendo el seguimiento del grado de utilización de sus cuotas De acuerdo con el principio de subsidiariedad, una tarea determinada la realiza la instancia oficial más adecuada. Además, los Estados miembros tienen que informar periódicamente a la Comisión sobre el grado de utilización de las cuotas que se les hayan asignado para que sus servicios puedan efectuar un seguimiento de la situación a nivel de la Unión Europea.
Las técnicas de gestión de las cuotas varían según los países. Éstas pueden formar parte de un fondo nacional o asignarse a organizaciones o asociaciones de productores o incluso a armadores concretos. En algunos casos, las cuotas se pueden arrendar, comprar o intercambiar. Las denominadas cuotas individuales transferibles se utilizan en algunos países, si bien en la Unión Europea este sistema sólo se aplica a algunas poblaciones en un número reducido de Estados miembros.
En ocasiones, el derecho a capturar determinadas cuotas puede llevar aparejadas restricciones sobre el tipo de arte que debe utilizarse y sobre las zonas y las épocas en que se puede pescar. Los TAC y las cuotas son instrumentos que no bastan para garantizar la conservación de las pesquerías. Los pescadores no pueden impedir capturar ciertas especies de peces que luego deben arrojar por la borda cuando están pescando otras especies, ni siquiera cuando se cierra una pesquería por haberse agotado las cuotas para esas especies. Además, para sacar el máximo provecho posible de sus cuotas, los pescadores pueden decidir conservar a bordo únicamente las mejores capturas y arrojar el resto. Para reducir los descartes al mínimo, los totales admisibles de capturas y las cuotas se han complementado con medidas técnicas que limitan las capturas de peces jóvenes y peces que no se desea pescar. Además, la Unión Europea ha tomado medidas para tratar de adecuar el esfuerzo pesquero a los recursos disponibles reduciendo el exceso de capacidad de la flota y estableciendo límites en cuanto al número de días que los buques pueden pasar en el mar.