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Procedimiento de déficit excesivo

Para que la UEM funcione de forma armónica los Estados miembros deben evitar los déficit excesivos. Conforme a las disposiciones del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, se comprometen a respetar dos criterios, a saber: un ratio déficit/PIB del 3% y un ratio deuda/PIB del 60%.

En caso de que un Estado miembro rebase el límite máximo para el déficit, se pone en marcha el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo. Dicho procedimiento comprende varias etapas —que llegan hasta la imposición de sanciones— para incitar al Estado miembro afectado a tomar medidas tendentes a corregir la situación.


El PDE está incluido en el Tratado y se especifica en las disposiciones del Pacto de Estabilidad y Crecimiento.


Detección del déficit excesivo…


El PDE establece criterios, calendarios y plazos para que el Consejo adopte una decisión sobre la existencia de un déficit excesivo. Dicha decisión se toma en un plazo de tiempo determinado a partir de la expiración de los plazos que tienen los Estados miembros de la UE para presentar sus finanzas públicas a la Comisión (1 de abril y 1 de octubre de cada año).


No se inicia el procedimiento de déficit excesivo cuando el exceso del déficit público sobre el límite del 3% del PIB se considera temporal y excepcional y el déficit se mantiene próximo a dicho límite.


… y exigencia de su corrección al Estado miembro afectado


Cuando el Consejo declara que un déficit es excesivo, formula una recomendación al Estado miembro afectado y establece plazos para la adopción de medidas correctoras eficaces.


El Consejo controla el cumplimiento de su recomendación y deroga la decisión relativa a la existencia de un déficit excesivo en caso de que éste se haya corregido.


Si el Estado miembro no cumple la recomendación, el Consejo puede decidir pasar a la siguiente etapa del procedimiento de déficit excesivo hasta llegar, en última instancia, a la imposición de sanciones financieras.




>> Relevant legal texts and Guidelines

>> Data and methods

>> Country specific procedures


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