Por regla general, para ejecutar un crédito de escasa cuantía, el acreedor puede optar por el requerimiento de pago o por el procedimiento ordinario.
Sin embargo, en los procesos judiciales ordinarios, las normas procesales relativas a los recursos y a la segunda instancia aplicables a las demandas de escasa cuantía son diferentes. Los artículos 256/B -256/E de la Ley de Enjuiciamiento Civil contienen estas normas especiales.
Las disposiciones limitan el derecho a recurrir en el caso de demandas de escasa cuantía si la propia ley define los casos en que puede presentarse un recurso y simplifican el procedimiento en segunda instancia.
La aplicación de estas normas basadas en la artículo 256/B de la Ley de Enjuiciamiento Civil:
Conforme a la ley, si no se cumple ninguna de estas condiciones, se aplican las normas generales relativas a los recursos contra las sentencias y los requerimientos.
¿Existe un importe máximo para los procedimientos de escasa cuantía o puede optarse por este procedimiento para algunos tipos de procedimientos judiciales con independencia del importe máximo?
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Conforme a la normativa actual, las normas en materia de recursos son aplicables si la cuantía del recurso (para cuyo cálculo debe tenerse en cuenta la disposición general del artículo 24 de la Ley de Enjuiciamiento Civil):
Si se cumplen las condiciones, sólo puede presentarse un recurso si se infringe la ley, y más concretamente, si el tribunal de primera instancia infringe una norma procesal importante que afecte al juicio en relación con el fondo del asunto o si, en una resolución sobre el fondo del asunto, se aplican erróneamente las normas sustantivas. Conforme a la ley, un recurso que solicite un cambio en la sentencia dictada en primera instancia por otras razones debe considerarse automáticamente desestimado por razón de su contenido.
¿Es el proceso obligatorio u opcional?¿Pueden los tribunales o las partes trasladar la demandas de escasa cuantía al procedimiento ordinario? En caso afirmativo, ¿en qué condiciones?
Las normas relativas a los recursos en materia de demandas de escasa cuantía deben aplicarse si se cumplen las condiciones exigidas por la ley. El recurso debe enjuiciarse en todos los casos de acuerdo con las normas especiales si se cumplen las condiciones y no existe posibilidad de aplicar las normas generales.
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¿Hay impresos especiales para los procedimientos de escasa cuantía? En caso afirmativo, ¿en qué fases del procedimiento?¿Es obligatorio su uso?
Las normas referentes a los asuntos de escasa cuantía no especifican la existencia de unos impresos obligatorios. Una excepción a esta regla la constituye el proceso monitorio tratado supra en el que sí existen impresos que deben rellenarse.
¿Las partes en el proceso no representadas por un abogado reciben asistencia en asuntos procesales (por ejemplo, de un agente judicial o de un juez)? En caso afirmativo, ¿en qué medida?
Al conocer de los recursos en asuntos de escasa cuantía, el tribunal debe actuar de conformidad con la obligación de informar fijada por las normas generales y que abarca los derechos y las obligaciones de las partes durante el proceso.
¿Son las normas relativas a la práctica de la prueba menos estrictas que las normas procesales habituales? En caso afirmativo, ¿de qué manera y en qué medida son más flexibles?
Como consecuencia de las diversas normas sobre los procedimientos de recurso en los procesos en segunda instancia relativos a asuntos de escasa cuantía, no hay ninguna posibilidad de presentar nuevos hechos o nuevas pruebas. Por lo tanto, no es posible escuchar a nuevos testigos, a menos que no hubieran sido oídos, en contra de lo dispuesto por la ley, durante el proceso en primera instancia.
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¿Existe alguna posibilidad de un procedimiento exclusivamente escrito (en vez de una vista oral)? En su caso, ¿en qué condiciones?
El tribunal de segunda instancia juzga el recurso sin un proceso completo, pero a petición de cualquiera de las partes podrá celebrar una vista.
¿Son las normas relativas al contenido de la sentencia menos estrictas que las normas procesales habituales? En caso afirmativo, ¿en qué medida?
Después de tramitar los recursos en asuntos de escasa cuantía atendiendo a unas normas específicas, el tribunal tiene derecho a adoptar, en su sentencia, las mismas decisiones que en el proceso regido por las normas generales, es decir, puede cambiar la sentencia dictada en primera instancia, puede anularla o, si el recurso era infundado, puede mantenerla.
¿Existen limitaciones con respecto al reembolso de costes? Si es así, ¿en qué casos?
No existen tales limitaciones.
¿Puede recurrirse una decisión dictada en un asunto de escasa cuantía? En caso afirmativo, ¿cómo?
Dado que en la legislación húngara las diversas leyes referentes a los asuntos de escasa cuantía se aplican solamente al procedimiento de recurso y las normas especiales conciernen al proceso en segunda instancia, no podrán presentarse otros recursos normales contra la sentencia del tribunal de segunda instancia. La sentencia dictada en segunda instancia puede ser impugnados solamente a través de un recurso especial (revisión judicial, revisión de una sentencia).
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Última actualización: 22-02-2007