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En la práctica, la notificación y traslado de documentos significa la entrega a una persona física o jurídica de una demanda u otro documento procesal relativo al proceso que se sigue en su contra. Ello les permite defenderse u oponerse a la demanda o proceso.
Existen normas específicas relativas a la notificación y traslado de documentos para garantizar a todos los litigantes el derecho a recibir los documentos jurídicos que les afectan a ellos o a sus acciones y asegurar que puedan actuar si dichos documentos no se les notifican correctamente.
Todos los documentos judiciales, como las demandas, solicitudes, autos, peticiones, etc., deben notificarse formalmente con arreglo a una serie de normas, bien por correo, en mano, mediante agente judicial (bailiff), etc.
Generalmente incumbe al tribunal notificar los documentos. Cuando una parte redacta un documento que deba ser notificado por el tribunal, deberá presentar una copia para el tribunal y otra para cada parte que deba recibir la notificación.
El tribunal puede ordenar que otra persona realice la notificación, por ejemplo, la parte actora o su representante o abogado. Además, el tribunal no es responsable de la notificación cuando una norma específica u orientación práctica (practice direction) establezcan que la parte debe notificar el documento de que se trata, o cuando la parte en cuyo nombre debe notificarse el documento comunique al tribunal su deseo de realizarla personalmente.
El principal método de notificación en Inglaterra y Gales es el correo urgente (first class). Otros métodos que pueden utilizarse, sujetos a los correspondientes reglamentos de procedimiento y orientaciones prácticas son:
La notificación debe hacerse en la dirección comunicada por la parte a quien haya que notificar, que puede ser la dirección del abogado o del representante de la parte. Cuando la parte a quien debe notificarse no esté representada por abogado o no haya dado una dirección para las notificaciones, el documento se enviará o transmitirá o entregará en una dirección que sea conforme con el reglamento de procedimiento, generalmente el último domicilio conocido o lugar de trabajo.
Cuando es el tribunal el que debe proceder a la notificación, decidirá igualmente mediante qué método.
Como la notificación se realiza normalmente por correo postal urgente, no es necesario que la persona esté en casa cuando el documento se entrega. Si el documento no puede entregarse en la dirección especificada, como en el caso de que otra persona viva en esa dirección y alegue que el destinatario ya no reside allí, las autoridades postales intentan devolver el envío al remitente. Lo enviarán a una dirección de devolución en un sobre (como es el caso para todos los documentos enviados por órganos jurisdiccionales) y, si no hay dirección, la carta normalmente se abre y se devuelven formalmente los documentos a la dirección que conste en ellos.
Si los documentos deben entregarse en mano y el destinatario no está disponible o no está en casa, corresponde a la persona que intenta efectuar la notificación decidir en qué momento o lugar procede notificarlos.
El órgano jurisdiccional lleva un registro de documentos notificados. Los documentos notificados por correo se considera notificados a menos que el correo los devuelva.
Cuando el demandante notifica un documento, debe presentar ante el órgano jurisdiccional un certificado de notificación en un plazo de siete días a contar desde la fecha de la notificación. En el certificado deberá hacerse constar que el documento no ha sido devuelto sin entregar, así como los detalles sobre el modo y fecha de la notificación.
Cuando recibe el formulario de demanda, el deudor tiene 14 días para contestar a ella. Si envía un acuse de recibo de la notificación, el plazo límite para responder se amplía a 28 días a partir de la fecha de la notificación de los particulares de la demanda.
Si los documentos se entregan en mano, se redacta un documento escrito en forma de certificado o declaración jurada donde se hace constar la hora y la fecha de la notificación, que puede utilizarse como prueba de la notificación si el destinatario niega haber recibido dichos documentos.
Si alguien se percata de que no ha recibido documentos jurídicos que tenía derecho a recibir, puede actuar para garantizar su recepción, bien contactando a la otra parte o a sus abogados, bien contactando al tribunal. Si ya han recaído autos o sentencias en el proceso, puede solicitarse su revocación alegando que no han sido notificados.
Si una parte acepta la notificación de documentos fuera del plazo mínimo previsto legalmente, la notificación puede considerarse válida. Si la notificación de documentos se declara inválida, puede volver a intentarse. El tribunal también puede dispensar de la notificación de documentos en determinadas circunstancias.
El coste de la notificación de documentos por correo está incluido en las tasas judiciales ordinarias. Si los documentos deben entregarse en mano por un agente judicial (bailiff o process server) el coste varía en función del tipo del proceso y de si la ha realizado un bailiff o un process server.
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Última actualización: 03-04-2007

