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Tratamiento automatizadoEl 27 de enero de 2003, el Consejo adoptó una Directiva destinada a mejorar el acceso a la justicia en los asuntos transfronterizos mediante el establecimiento de normas mínimas comunes relativas a la justicia gratuita.
Las disposiciones de esta Directiva se aplican a los asuntos civiles denominados "transfronterizos", es decir, en otros términos, cuando la persona que solicita el beneficio de justicia gratuita no reside en el Estado miembro donde va a celebrarse el juicio o dónde se va a ejecutar la sentencia.
En este contexto, la Directiva sienta el principio según el cual todas las personas que no tienen recursos suficientes para hacer valer sus derechos mediante juicio tienen el derecho a recibir una asistencia judicial adecuada.
La Directiva define las prestaciones necesarias para que el beneficio de justicia gratuita pueda considerarse como adecuado:
La Directiva fija asimismo las condiciones vinculadas a los recursos financieros del solicitante o al fundamento del asunto, que puede ser exigido por los Estados miembros para conceder el beneficio de justicia gratuita.
Por otra parte, el texto prevé que éste beneficio se conceda, cumpliéndose algunas condiciones, a las personas que recurren a los métodos alternativos de resolución de conflictos.
Por último, la Directiva del Consejo establece determinados mecanismos de cooperación judicial entre las autoridades de los Estados miembros destinados a facilitar la transmisión y el trámite de las solicitudes de justicia gratuita. Más concretamente, la Directiva prevé la posibilidad de que una persona presente su solicitud de justicia gratuita en su país de residencia encargándose éste de transmitirlo rápida y gratuitamente a las autoridades del país que va a conceder el beneficio en cuestión.
La Directiva debería haberse incorporado al Derecho nacional a más tardar el 30 de noviembre de 2004. En esa fecha, los Estados miembros deberían también haber comunicado determinada información útil para la aplicación de la Directiva (autoridades competentes, medios para recibir las solicitudes y las lenguas aceptada para la cumplimentar las mismas). Las Decisiones de la Comisión de 2003 y 2004 establecieron dos formularios estándar para las solicitudes de asistencia jurídica gratuita y su transmisión entre Estados miembros. Para más información, puede consultar la sección “Justicia gratuita” del Atlas Judicial Europeo en materia civil.
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Última actualización: 12-07-2007

