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Legislación aplicable
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Medidas provisionales y medidas cautelares
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Procedimientos simplificados y acelerados
Divorcio
Responsabilidad parental
Obligación de alimentos
Quiebra
Modalidades alternativas de solución de conflictos
Indemnización a las víctimas de delitos
Tratamiento automatizado
Véase la última actualización en El Tratado de Amsterdam de 1999 hizo posible establecer un vínculo entre la cooperación judicial en materia civil y la libre circulación de personas. La posibilidad de invocar la legislación comunitaria no es cuestión baladí para los ciudadanos de Europa, que pueden, por ejemplo, referirse directamente a los Reglamentos europeos ante los órganos jurisdiccionales.
El reconocimiento mutuo de las resoluciones judiciales constituye la piedra angular de todo el sistema. Para ello, el Consejo y la Comisión adoptaron un programa de reconocimiento mutuo para determinar las principales medidas que deberán adoptarse.
En este contexto, ya se han aprobado numerosos instrumentos, entre los cuales figuran:
El Reglamento (CE) n° 44/2001 del Consejo de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, denominado "Bruselas I". Sus disposiciones permiten responder a dos cuestiones fundamentales que se plantean en caso de litigio entre personas que residen en Estados diferentes: ¿qué tribunales son competentes y de acuerdo con qué normas una decisión pronunciada en un Estado miembro será reconocida y cumplida en otro? Una serie de modificaciones se introdujeron en este Reglamento, que entró en vigor el 1 de marzo de 2002 y sustituye al Convenio de Bruselas de 1968. El 24.11.2001 se publicó una corrección de errores relativa a los Convenios de los que es parte el Reino Unido. En 2002 se modificaron dos de sus anexos (I y II). En 2004, como consecuencia de la ampliación de la UE a 25 miembros, se modificaron los anexos I a IV. El Consejo y la Comisión han hecho una Declaración | ||
Reglamento (CE) Nº 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) Nº 1347/2000. Este texto se aplica desde el 1 de marzo de 2005 (véase la guía práctica Para un optima aplicación de este instrumento, se ha publicado la Información relativa a los órganos jurisdiccionales y las vías de recurso comunicada por los Estados miembros de conformidad con el artículo 68 del Reglamento. Reglamento nº 2001/2003, que sustituye al Reglamento nº Â 1347/2000, también denominado Reglamento Bruselas II, que entró en vigor en marzo de 2001, cuyos anexos han sido modificados (anexo I, en 2002 y anexos I a IV, en 2004). | ||
| El Reglamento (CE) Nº 1346/2000 del Consejo de 29 de mayo de 2000, sobre procedimientos de insolvencia, establece normas comunitarias para el reconocimiento, la ejecución, y la determinación de la ley aplicable a los procedimientos de insolvencia. | ||
| Reglamento (CE) n° 1348/2000, de 29 de mayo de 2000, relativo a la notificación y al traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil que se refiere a las modalidades de transmisión de los documentos judiciales y extrajudiciales entre los Estados miembros, mejora y acelera el desarrollo de los juicios. | ||
| Reglamento (CE) Nº 1206/2001, de 28 de mayo de 2001, relativo a la cooperación entre los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros en el ámbito de la obtención de pruebas en materia civil o mercantil. Este Reglamento mejora, simplifica y acelera la cooperación entre los órganos jurisdiccionales para la obtención de las pruebas. | ||
| Decisión 2001/470/CE de 28 de mayo de 2001, por la que se crea una Red Judicial Europea en materia civil y mercantil. | ||
| Reglamento del Consejo (EC) Nº 743/2002, de 28 de abril de 2002, por el que se establece un marco general comunitario de actividades con el fin de facilitar la cooperación judicial en materia civil (programa de financiación 2005 | ||
| Directiva del Consejo nº 2003/8/CE, de 27 de enero de 2003, destinada a mejorar el acceso a la justicia en los litigios transfronterizos mediante el establecimiento de reglas mínimas comunes relativas a la justicia gratuita para dichos litigios. | ||
Reglamento del Consejo nº 805/2004 (CE) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, por el que se establece un título ejecutivo europeo para créditos no impugnados tiene como finalidad que las decisiones de los órganos jurisdiccionales sobre créditos no impugnados dictadas en un país miembro sean ejecutables en toda la Comunidad sin necesidad de otras medidas. Reglamento (CE) n° 1869/2005 de la Comisión, de 16 de noviembre de 2005, por el que se sustituyen los anexos del Reglamento (CE) n°Â 805/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un título ejecutivo europeo para créditos no impugnados. | ||
Directiva 2004/80/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre indemnización a las víctimas de delitos pretende que los ciudadanos de la UE y los residentes legales en la misma puedan recibir una compensación adecuada por los prejuicios que hayan sufrido si son víctimas de un delito en la UE. | ||
| Propuestas de la Comisión actualmente sometidas a debate en las otras instituciones de la Unión: | ||
Los Libros Verdes, que son documentos preparatorios de una propuesta. | ||
Este proyecto de Espacio Europeo de Justicia se ha convertido en uno de los objetivos de la Unión con el Tratado de Maastricht de 1993, si bien anteriormente ya se habían tomado distintas iniciativas para alcanzar una cooperación judicial más estrecha y eficaz entre los Estados miembros en materia civil, entre las que destaca el Convenio de Bruselas de 1968, relativo a la competencia judicial y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, y el Convenio de Roma de 1980, sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales.
Otras iniciativas han surgido de organizaciones internacionales, a saber:
En 1999, con el Tratado de Amsterdam, la cooperación judicial en materia civil se convirtió en competencia comunitaria. Ello permitió, por una parte, utilizar métodos de trabajo comunitario en este ámbito y, por otra, que los textos adoptados según estos métodos se convirtieran en instrumentos jurídicos comunitarios (reglamentos, directivas y decisiones).
Dinamarca no participa en esta acción comunitaria, mientras que el Reino Unido e Irlanda se reservaron la posibilidad de participar o no en la adopción de cada instrumento legislativo considerado de forma independiente.
Con el fin de crear las bases concretas de los objetivos de Maastricht y Amsterdam, los Jefes de Estado y de Gobierno, se reunieron en Tampere (Finlandia), en octubre de 1999. Con este motivo, afirmaron que "en un auténtico Espacio Europeo de Justicia, no debe suceder que la incompatibilidad o la complejidad de los sistemas jurídicos y administrativos de los Estados miembros impida a personas y empresas ejercer sus derechos o las disuada de ejercerlos".
También confirmaron su compromiso de crear un auténtico espacio de justicia "en el que las personas puedan recurrir a los tribunales y a las autoridades de cualquier Estado miembro con la misma facilidad que a los del suyo propio".
En el Consejo Europeo celebrado los días 4 y 5 de noviembre de 2004, los Jefes de Estado y de Gobierno adoptaron el Programa de La Haya al objeto de reforzar la justicia. Señalaron que “ya se han tomado varias medidas?, pero que “deberá proseguir el esfuerzo por facilitar el acceso a la justicia y la cooperación judicial, así como la plena utilización del reconocimiento mutuo?. El Programa establece que “la continuación de la aplicación del programa de medidas relativas al reconocimiento mutuo deberá constituir una prioridad en los años venideros, para garantizar que quede concluido en 2011?.
La acción de la Comisión Europea es una prolongación de las Conclusiones del Consejo Europeo a este respecto.
Para más información sobre el Derecho comunitario y sobre las propuestas de la Comisione relativas a cada asunto, pulse sobre la bandera europea.
Última actualización: 03-11-2009

