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Financiación de la PAC   Línea vertical  

Financiación de la Política Agrícola Común

Desde hace más de 40 años, la Política Agrícola Común (PAC) es la política común más importante de la Unión Europea. Esto explica que tradicionalmente acapare gran parte del presupuesto de la UE. Aun así, en los últimos años la proporción está bajando constantemente.

Los contribuyentes europeos esperan, con razón, que este dinero se gaste correctamente. Por eso es de vital importancia que los sistemas existentes de gestión y control ofrezcan garantías razonables de que el gasto es correcto y de que cualquier pago irregular se va a detectar y recuperar.

El gasto agrario se financia con dos fondos, integrados en el presupuesto general de la UE: el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) financia los pagos directos a los agricultores y medidas de regulación de los mercados agrarios, como la intervención y las restituciones por exportación, y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) los programas de desarrollo rural de los Estados miembros.

Ambos fondos se crearon mediante el Reglamento (CE) n° 1290/2005 del Consejo, de 21 de junio de 2005, sobre la financiación de la Política Agrícola Común, que establece un marco jurídico único para financiar el gasto de la PAC. [Resumen]

El Título 05 del Presupuesto General de la UE corresponde a los gastos de agricultura y desarrollo rural.

Según las normas de gestión financiera de la PAC, la Comisión es responsable de la gestión del FEAGA y el FEADER. Pero, normalmente, la Comisión no efectúa los pagos a los beneficiarios. De acuerdo con el principio de gestión compartida, esta tarea se delega a los Estados miembros, que la efectúan por mediación de 85 organismos pagadores nacionales o regionales. Para poder ejercer su función, estos organismos deben estar acreditados de acuerdo con determinados criterios establecidos por la Comisión.

No obstante, los organismos pagadores no sólo son responsables de los pagos a los beneficiarios. Previamente deben comprobar, por sí mismos o a través de los organismos delegados, que las solicitudes de ayuda cumplan las condiciones. Los controles varían en función del sector de que se trate y están establecidos en los distintos reglamentos sectoriales de la PAC.

La Comisión reembolsa a los Estados miembros los gastos efectuados por los organismos pagadores, mensualmente en el caso del FEAGA y trimestralmente en el del FEADER. No obstante, los reembolsos están sujetos a cualquier corrección que la Comisión pueda hacer en los procedimientos de liquidación de cuentas.

 

Para más información, véase el prospecto "Una gestión inteligente del presupuesto agrícola" [pdf en deenfrit].

Ofrece un panorama de los sistemas de gestión y control de los gastos agrarios, a escala nacional y de la UE, y describe las funciones y responsabilidades de los distintos componentes.

 

 

 

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Informes financieros

Archivo: FEOGA

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Última actualización: 30-04-2008